Restitución de Ganancias: ni la constitución nos ampara

01 JUL 2024 - 12:22 | Actualizado 01 JUL 2024 - 12:28

- Por Esteban Gallo

El Congreso nacional finalmente aprobó el regreso de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias. El proyecto contó con 136 votos afirmativos, 116 negativos y solo 3 abstenciones. Es menester señalar que el único chubutense que votó a favor de reponer Ganancias a los trabajadores fue el libertario CésarTreffinger.

Ana Clara Romero, Jorge “Loma” Avila, José Glinski y Eugenia Alianello votaron en contra.

Tanto el gobernador Nacho Torres como el vicegobernador Gustavo Mena habían señalado que insistir con la reposición del impuesto pese al rechazo de la Cámara alta va en contra de la Constitución Nacional.

No es un capricho ni de Torres ni de Mena. El artículo 81 de la carta magna establece que ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras podrá ser tratado durante el año en que se debatió el proyecto. Más clarito que el agua.

Es por esa razón, que, apenas Javier Milei promulgue la reforma fiscal que se sancionó el viernes, los apoderados legales de los gremios que representan a los trabajadores afectados presentarán una lluvia de amparos para frenar el tributo, con la certeza que la Justicia les dará la razón, porque la Justicia puede hacerse la boluda en algunas cuestiones, pero de ninguna manera debería convalidar una norma que viola lisa y llanamente la constitución nacional.

Será otro papelón para el gobierno de Milei y también para los gobernadores aliados, entre los que figuran varios radicales, e incluso, algún peronista, aunque parezca increíble.

La polémica medida implica que los trabajadores en relación de dependencia que cobren más de 1.800.000 pesos de sueldo bruto, en el caso de los solteros, o más de 2.300.000 pesos brutos, en el caso de los casados, deberán pagar el Impuesto a las Ganancias, con alícuotas que van del 5% al 35%.

Es insólito que en un país donde una familia tipo necesita un ingreso de 800 mil pesos para no caer en la indigencia, se aplique un impuesto a las ganancias porque perciba poquito más que el doble.
Un trabajador que cobra 2 millones de pesos no es rico en este país. Y el que cobra más que eso, bien ganado lo tiene.

Hemos señalado hasta el cansancio que el impuesto a las ganancias es improcedente por naturaleza. La remuneración a los trabajadores no es ganancia. Ganancia es el valor que obtienen los dueños de las empresas como resultado de su actividad económica. Y el sueldo es lo que cobra el empleado como contraprestación de las tareas que desempeña.

Si un capitán de un barco gana 6 o 7 millones de pesos, es porque la empresa pesquera para la que trabaja gana cientos de miles de dólares por lo que produce.

La remuneración es el fruto del esfuerzo del trabajador, que asegura la subsistencia de él y sus hijos y la que, en casos contados, le permite darse algunos gustos, que reitero, en este país de locos, con 2 millones de pesos, no son tantos los que una familia se puede dar.

Por ejemplo, si algún integrante del grupo familiar se va a estudiar afuera, entre el alquiler y los alimentos básicos, les puedo asegurar que se esfuma el 30 o 40 por ciento de esos emolumentos.

Además, no podemos soslayar el impacto que el cobro del impuesto provoca en el movimiento económico de la comunidad. El asalariado gasta su dinero en el almacén del barrio, en la tienda de ropa, en el café, en la carnicería, contribuyendo a mantener un círculo virtuoso que favorece a todos los sectores de la economía.

Bajo ningún concepto de la sana lógica lo obtenido por el trabajador por poner su fuerza de trabajo, su intelecto, su creatividad, es una ganancia.

Por esa razón la legislación laboral resguarda el derecho del trabajador de percibir el salario de manera íntegra. La ley de contrato de trabajo habla del principio de intangibilidad de la remuneración, que es la garantía de que el salario será percibido en forma efectiva por el trabajador.

Los salarios gozan de plena protección constitucional. El problema es que tenemos un gobierno que pisotea derechos constitucionales, a tal punto que aprueba un proyecto viciado de toda nulidad.

Pero no lo hizo solo. Lo hizo con el aval de legisladores serviles que representan a gobernadores más arrastrados todavía, que por algunas migajas son capaces de vender a la madre.
Si son capaces de vender a la madre, como no van a estar dispuestos a violar la constitución nacional.

Para cerrar, es importante reiterar, que el único legislador chubutense que votó a favor de la restitución del impuesto a las ganancias fue el impresentable César Treffinger. Los chubutenses tenemos que ser memoriosos. Porque olvidamos rápido, llegan personajes como él, a lugares a los que nunca debieran llegar.

Enterate de las noticias de POLITICA a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
01 JUL 2024 - 12:22

- Por Esteban Gallo

El Congreso nacional finalmente aprobó el regreso de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias. El proyecto contó con 136 votos afirmativos, 116 negativos y solo 3 abstenciones. Es menester señalar que el único chubutense que votó a favor de reponer Ganancias a los trabajadores fue el libertario CésarTreffinger.

Ana Clara Romero, Jorge “Loma” Avila, José Glinski y Eugenia Alianello votaron en contra.

Tanto el gobernador Nacho Torres como el vicegobernador Gustavo Mena habían señalado que insistir con la reposición del impuesto pese al rechazo de la Cámara alta va en contra de la Constitución Nacional.

No es un capricho ni de Torres ni de Mena. El artículo 81 de la carta magna establece que ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras podrá ser tratado durante el año en que se debatió el proyecto. Más clarito que el agua.

Es por esa razón, que, apenas Javier Milei promulgue la reforma fiscal que se sancionó el viernes, los apoderados legales de los gremios que representan a los trabajadores afectados presentarán una lluvia de amparos para frenar el tributo, con la certeza que la Justicia les dará la razón, porque la Justicia puede hacerse la boluda en algunas cuestiones, pero de ninguna manera debería convalidar una norma que viola lisa y llanamente la constitución nacional.

Será otro papelón para el gobierno de Milei y también para los gobernadores aliados, entre los que figuran varios radicales, e incluso, algún peronista, aunque parezca increíble.

La polémica medida implica que los trabajadores en relación de dependencia que cobren más de 1.800.000 pesos de sueldo bruto, en el caso de los solteros, o más de 2.300.000 pesos brutos, en el caso de los casados, deberán pagar el Impuesto a las Ganancias, con alícuotas que van del 5% al 35%.

Es insólito que en un país donde una familia tipo necesita un ingreso de 800 mil pesos para no caer en la indigencia, se aplique un impuesto a las ganancias porque perciba poquito más que el doble.
Un trabajador que cobra 2 millones de pesos no es rico en este país. Y el que cobra más que eso, bien ganado lo tiene.

Hemos señalado hasta el cansancio que el impuesto a las ganancias es improcedente por naturaleza. La remuneración a los trabajadores no es ganancia. Ganancia es el valor que obtienen los dueños de las empresas como resultado de su actividad económica. Y el sueldo es lo que cobra el empleado como contraprestación de las tareas que desempeña.

Si un capitán de un barco gana 6 o 7 millones de pesos, es porque la empresa pesquera para la que trabaja gana cientos de miles de dólares por lo que produce.

La remuneración es el fruto del esfuerzo del trabajador, que asegura la subsistencia de él y sus hijos y la que, en casos contados, le permite darse algunos gustos, que reitero, en este país de locos, con 2 millones de pesos, no son tantos los que una familia se puede dar.

Por ejemplo, si algún integrante del grupo familiar se va a estudiar afuera, entre el alquiler y los alimentos básicos, les puedo asegurar que se esfuma el 30 o 40 por ciento de esos emolumentos.

Además, no podemos soslayar el impacto que el cobro del impuesto provoca en el movimiento económico de la comunidad. El asalariado gasta su dinero en el almacén del barrio, en la tienda de ropa, en el café, en la carnicería, contribuyendo a mantener un círculo virtuoso que favorece a todos los sectores de la economía.

Bajo ningún concepto de la sana lógica lo obtenido por el trabajador por poner su fuerza de trabajo, su intelecto, su creatividad, es una ganancia.

Por esa razón la legislación laboral resguarda el derecho del trabajador de percibir el salario de manera íntegra. La ley de contrato de trabajo habla del principio de intangibilidad de la remuneración, que es la garantía de que el salario será percibido en forma efectiva por el trabajador.

Los salarios gozan de plena protección constitucional. El problema es que tenemos un gobierno que pisotea derechos constitucionales, a tal punto que aprueba un proyecto viciado de toda nulidad.

Pero no lo hizo solo. Lo hizo con el aval de legisladores serviles que representan a gobernadores más arrastrados todavía, que por algunas migajas son capaces de vender a la madre.
Si son capaces de vender a la madre, como no van a estar dispuestos a violar la constitución nacional.

Para cerrar, es importante reiterar, que el único legislador chubutense que votó a favor de la restitución del impuesto a las ganancias fue el impresentable César Treffinger. Los chubutenses tenemos que ser memoriosos. Porque olvidamos rápido, llegan personajes como él, a lugares a los que nunca debieran llegar.


NOTICIAS RELACIONADAS