Por Rolando Tobarez / Redacción Jornada
El exdiputado nacional Santiago Nicolás Igón irá a juicio oral y público por el delito de aceptación de dádiva. En 2021 el entonces legislador recibió dos vacunas contra el Covid en el Hospital Zonal de Esquel cuando presuntamente aún no le correspondía, pese a sus factores de riesgo. En ese momento sólo se estaba inmunizando al personal de Salud. La investigación federal preliminar consideró que recibir esa Sputnik V había sido un beneficio indebido por la función política que ocupaba.
En septiembre de 2025, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia había aceptado que Igón eludiera el debate a cambio de una reparación de $ 3.000.000 en favor del nosocomio. Depositado el monto, el dirigente cordillerano sería sobreseído.
El fiscal Teodoro Nürnberg se opuso a esta solución alternativa al considerar que no podía aplicarse a funcionarios públicos. Habló de “gravedad institucional” y de la obligación del Ministerio Público Fiscal de la persecución penal: “Esta obligación adquiere especial relevancia en el contexto histórico y social en que ocurrieron los hechos —la pandemia de COVID-19— lo cual demanda una respuesta judicial pública y transparente a través del juicio oral”.
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal le dio la razón, anuló el fallo del TOF y ordenó que el proceso siga.
También el médico Carlos Emiliano Biondo –exjefe del Programa Sanitario del Área Programática Esquel- iba a pagar $ 1.000.000 al nosocomio para no ir a juicio. Estaba imputado por gestionar y autorizar la inoculación de Igón. Ahora también será sometido a debate.
En su momento, al aceptar la propuesta de las defensas, los jueces del TOF Enrique Baronetto, Ana María D`Alessio y Alejandro Cabral habían destacado que“la administración pública no sufrió un daño irreparable y el eventual perjuicio es plenamente resarcible en términos materiales”. Por eso hacer el juicio sería un gasto evitable.
En ese momento consideraron además que si Igón y Biondo fuesen condenados sería una pena condicional ya que no tienen antecedentes.Acudir a una reparación con efectivo es “alternativo, eficaz y pacífico es superador de cualquier conflicto (…) Descongestiona la administración de justicia y garantiza plazos razonables en la solución de los conflictos judicializados”.
Pero los camaristas Carlos Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña advirtieron que en el caso del exdiputado y el médico, una reparación integral no se puede usar para extinguirla acción penal.
“La situación reviste particular gravedad institucional en tanto los imputados eran funcionarios públicos al momento de los hechos: Santiago Nicolás Igon se desempeñaba como Diputado Nacional y Carlos Emiliano Biondo era jefe del Programa Sanitario del Área Programática de Esquel”.
“El fraude a la expectativa generada por este tipo de conductas —que configuran delitos deinfracción institucional— debe ser reparado mediante la actuación diligente del Ministerio Público Fiscal” escribieron al anular la decisión del TOF.

Por Rolando Tobarez / Redacción Jornada
El exdiputado nacional Santiago Nicolás Igón irá a juicio oral y público por el delito de aceptación de dádiva. En 2021 el entonces legislador recibió dos vacunas contra el Covid en el Hospital Zonal de Esquel cuando presuntamente aún no le correspondía, pese a sus factores de riesgo. En ese momento sólo se estaba inmunizando al personal de Salud. La investigación federal preliminar consideró que recibir esa Sputnik V había sido un beneficio indebido por la función política que ocupaba.
En septiembre de 2025, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia había aceptado que Igón eludiera el debate a cambio de una reparación de $ 3.000.000 en favor del nosocomio. Depositado el monto, el dirigente cordillerano sería sobreseído.
El fiscal Teodoro Nürnberg se opuso a esta solución alternativa al considerar que no podía aplicarse a funcionarios públicos. Habló de “gravedad institucional” y de la obligación del Ministerio Público Fiscal de la persecución penal: “Esta obligación adquiere especial relevancia en el contexto histórico y social en que ocurrieron los hechos —la pandemia de COVID-19— lo cual demanda una respuesta judicial pública y transparente a través del juicio oral”.
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal le dio la razón, anuló el fallo del TOF y ordenó que el proceso siga.
También el médico Carlos Emiliano Biondo –exjefe del Programa Sanitario del Área Programática Esquel- iba a pagar $ 1.000.000 al nosocomio para no ir a juicio. Estaba imputado por gestionar y autorizar la inoculación de Igón. Ahora también será sometido a debate.
En su momento, al aceptar la propuesta de las defensas, los jueces del TOF Enrique Baronetto, Ana María D`Alessio y Alejandro Cabral habían destacado que“la administración pública no sufrió un daño irreparable y el eventual perjuicio es plenamente resarcible en términos materiales”. Por eso hacer el juicio sería un gasto evitable.
En ese momento consideraron además que si Igón y Biondo fuesen condenados sería una pena condicional ya que no tienen antecedentes.Acudir a una reparación con efectivo es “alternativo, eficaz y pacífico es superador de cualquier conflicto (…) Descongestiona la administración de justicia y garantiza plazos razonables en la solución de los conflictos judicializados”.
Pero los camaristas Carlos Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña advirtieron que en el caso del exdiputado y el médico, una reparación integral no se puede usar para extinguirla acción penal.
“La situación reviste particular gravedad institucional en tanto los imputados eran funcionarios públicos al momento de los hechos: Santiago Nicolás Igon se desempeñaba como Diputado Nacional y Carlos Emiliano Biondo era jefe del Programa Sanitario del Área Programática de Esquel”.
“El fraude a la expectativa generada por este tipo de conductas —que configuran delitos deinfracción institucional— debe ser reparado mediante la actuación diligente del Ministerio Público Fiscal” escribieron al anular la decisión del TOF.