Bahía Cracker, sentencia final

13 AGO 2025 - 10:37 | Actualizado 13 AGO 2025 - 10:50

- Por Esteban Gallo

El juicio por la apertura de Bahía Cracker tuvo un nuevo y definitivo capítulo. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de apelación que habían interpuesto los dueños de la estancia y desestimó cualquier posibilidad de volver a cerrar el paso a la playa.

Los ministros Ricardo Napolitani, Mario Vivas, Silvia Bustos y Camila Banfi ratificaron el fallo de la Dra. Florencia Cordón dictado el año pasado, el cual dictaminó de manera contundente que el ingreso a la playa pública no representa una violación al derecho de propiedad y que pesa sobre cualquier camino costero una servidumbre administrativa de paso sin importar cuántos campos deba atravesar.

Los ministros del Superior afirmaron que los fundamentos esgrimidos por Cracker S.A para voltear el fallo de la camarista de Trelew resultaron carentes de suficiencia técnica, y que “aparece más como una réplica de los argumentos ya opuestos, constituyendo una mera discrepancia o disenso con lo decidido por la magistrada”.

El fallo se corresponde con lo que desde este medio venimos afirmando desde hace tres años, cuando planteamos que el acceso a las playas de la provincia debe estar garantizado, que los propietarios de los campos no son los dueños de la playa y que no hay ley que les otorgue el derecho a poner tranqueras y candados.

Los clubes de pesca de la zona, la Asociación de Pescadores Artesanales y los particulares que presentaron la denuncia por el cierre de Cracker, patrocinados brillantemente por el Dr. Daniel Gómez Lozano, defendieron la condición de espacio público de Bahía Cracker, un sitio que desde tiempos inmemoriales es lugar de turismo y esparcimiento.

La argumentación que presentaron tuvo una base sólida. Transitar y acceder a una playa de dominio público es un derecho constitucional. Lo expresa de manera apodíctica el Artículo 18, inciso 11 de la constitución provincial y los arts. 235, 237, 240 y 1974 del Código Civil y Comercial de la Nación).

Esta historia que culmina con el fallo del Superior Tribunal tuvo varios protagonistas. La Dra. Florencia Cordón fue una de ellas, porque con su fallo estableció que las playas son bienes públicos, y que ni el Estado, a través de cualquiera de sus organismos, ni los dueños de un campo, pueden atribuirse la facultad de cerrar el acceso a la costa a ningún ciudadano de Chubut.

Los vecinos que presentaron el amparo tenían el respaldo de leyes provinciales y nacionales, pero contar con el fallo de una jueza que restituyó ese derecho fue fundamental para hacer caer el atropello del que toda la comunidad era víctima.

Cuando le tocó actuar, el Ministerio Público Fiscal también respaldó el reclamo de los vecinos y la Defensora del Pueblo obró en la misma dirección.

Ahora, el Superior Tribunal de Justicia, poniéndose los pantalones largos respalda la decisión de la jueza Cordón y marca la cancha para otros casos similares, en la medida en que establece un precedente clave que ningún actor judicial, político, público o privado podrá ignorar de acá en adelante.

Tal vez, ahora, la dirigencia política de Chubut salga de la modorra y se interese en un asunto por el que no hizo absolutamente nada. No hubo pronunciamientos mediáticos, el tema no formó parte de la agenda de ningún partido, nadie levantó esta bandera, ni del oficialismo ni de la oposición.

Claro, están pensando en las costas de Miami o del Caribe, no en las playas que nuestros vecinos frecuentan todo el año.

Igual, que sepan que sus servicios no hicieron falt.a. Alcanzó con la tenacidad de un grupo de instituciones y vecinos de Chubut, con un abogado comprometido y con un medio periodístico que honra su historia.

A veces, con eso alcanza. Y hay que celebrarlo.

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13 AGO 2025 - 10:37

- Por Esteban Gallo

El juicio por la apertura de Bahía Cracker tuvo un nuevo y definitivo capítulo. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de apelación que habían interpuesto los dueños de la estancia y desestimó cualquier posibilidad de volver a cerrar el paso a la playa.

Los ministros Ricardo Napolitani, Mario Vivas, Silvia Bustos y Camila Banfi ratificaron el fallo de la Dra. Florencia Cordón dictado el año pasado, el cual dictaminó de manera contundente que el ingreso a la playa pública no representa una violación al derecho de propiedad y que pesa sobre cualquier camino costero una servidumbre administrativa de paso sin importar cuántos campos deba atravesar.

Los ministros del Superior afirmaron que los fundamentos esgrimidos por Cracker S.A para voltear el fallo de la camarista de Trelew resultaron carentes de suficiencia técnica, y que “aparece más como una réplica de los argumentos ya opuestos, constituyendo una mera discrepancia o disenso con lo decidido por la magistrada”.

El fallo se corresponde con lo que desde este medio venimos afirmando desde hace tres años, cuando planteamos que el acceso a las playas de la provincia debe estar garantizado, que los propietarios de los campos no son los dueños de la playa y que no hay ley que les otorgue el derecho a poner tranqueras y candados.

Los clubes de pesca de la zona, la Asociación de Pescadores Artesanales y los particulares que presentaron la denuncia por el cierre de Cracker, patrocinados brillantemente por el Dr. Daniel Gómez Lozano, defendieron la condición de espacio público de Bahía Cracker, un sitio que desde tiempos inmemoriales es lugar de turismo y esparcimiento.

La argumentación que presentaron tuvo una base sólida. Transitar y acceder a una playa de dominio público es un derecho constitucional. Lo expresa de manera apodíctica el Artículo 18, inciso 11 de la constitución provincial y los arts. 235, 237, 240 y 1974 del Código Civil y Comercial de la Nación).

Esta historia que culmina con el fallo del Superior Tribunal tuvo varios protagonistas. La Dra. Florencia Cordón fue una de ellas, porque con su fallo estableció que las playas son bienes públicos, y que ni el Estado, a través de cualquiera de sus organismos, ni los dueños de un campo, pueden atribuirse la facultad de cerrar el acceso a la costa a ningún ciudadano de Chubut.

Los vecinos que presentaron el amparo tenían el respaldo de leyes provinciales y nacionales, pero contar con el fallo de una jueza que restituyó ese derecho fue fundamental para hacer caer el atropello del que toda la comunidad era víctima.

Cuando le tocó actuar, el Ministerio Público Fiscal también respaldó el reclamo de los vecinos y la Defensora del Pueblo obró en la misma dirección.

Ahora, el Superior Tribunal de Justicia, poniéndose los pantalones largos respalda la decisión de la jueza Cordón y marca la cancha para otros casos similares, en la medida en que establece un precedente clave que ningún actor judicial, político, público o privado podrá ignorar de acá en adelante.

Tal vez, ahora, la dirigencia política de Chubut salga de la modorra y se interese en un asunto por el que no hizo absolutamente nada. No hubo pronunciamientos mediáticos, el tema no formó parte de la agenda de ningún partido, nadie levantó esta bandera, ni del oficialismo ni de la oposición.

Claro, están pensando en las costas de Miami o del Caribe, no en las playas que nuestros vecinos frecuentan todo el año.

Igual, que sepan que sus servicios no hicieron falt.a. Alcanzó con la tenacidad de un grupo de instituciones y vecinos de Chubut, con un abogado comprometido y con un medio periodístico que honra su historia.

A veces, con eso alcanza. Y hay que celebrarlo.


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