Antes del inicio de los alegatos finales del juicio, volvió a tomar la palabra el único imputado por los hechos, Ricardo La Regina quien reiteró que su intención con todo esto es “que se use la tierra de manera correcta, proteger a los pingüinos y que me dejen trabajar tranquilo”. Antes del inicio de los alegatos finales del juicio, volvió a tomar la palabra el único imputado por los hechos, Ricardo La Regina quien reiteró que su intención con todo esto es “que se use la tierra de manera correcta, proteger a los pingüinos y que me dejen trabajar tranquilo”.
Tras la pronunciación de las partes, se informó que el veredicto será el próximo jueves a las 11 horas.
La fiscal Florencia Gómez fue quien inició los alegatos asegurando que durante este debate “quedaron acreditadas la materialidad del hecho y la autoría por parte del imputado en cada uno de los hechos entre 10 de agosto y 4 de diciembre de 2021. La defensa técnica no ha logrado desvirtuar la prueba, ni traer prueba contra la aportada por el Ministerio Público Fiscal”.
Gómez puntualiza que el delito es “daño porque acá se destruyó, se hizo desaparecer el habitad del Pingüino de Magallanes, se desmontó 2049 mts2 con toda la flora y fauna nativa. No era de su propiedad, acá nunca se debatió el derecho a la propiedad, la flora y la fauna no le pertenecen al imputado sino al Estado y la sociedad toda”.
También sostuvo que este daño es “agravado porque se ha desmontado 2049 mt2 de zona de reserva de biósfera, con protección internacional por la fragilidad del sistema. Se destruyó vegetación nativa y se levantó 40 cm de la capa del suelo, hay zonas que son irrecuperables”.
En relación a la acusación de “crueldad a los animales; quedó acreditado por lo manifestado en especialistas en pingüinos que hubo arrastre, compactación y derrumbe de nidos. Quedó acreditado por imágenes satelitales que había pingüinos en el lugar. Fue entre el 26 de noviembre y 4 de diciembre en plena zona de alta densidad de nidos en época reproductiva de Pingüinos de Magallanes”.
Además “se actuó con dolo directo porque el imputado conoce el ciclo reproductivo del pingüino, no desconocía el ciclo biológico, conoce cuando llega el pingüino a su nido en septiembre. Tuvo un desprecio total sobre la biodiversidad porque había otras especies conviviendo con los pingüinos”.
“Realizó caminos, desmontes y tajamares por un fin económico, priorizó el beneficio económico personal ante la protección ambiental. Hubo siempre un plan económico del imputado, compró una retroexcavadora para abrir caminos y tajamares”.
“El imputado compró una retroexcavadora para poner en valor el campo. No pidió autorización, ni estudio de impacto ambiental, porque sabía que jamás se lo iban a autorizar”.
Por último aclaró que se le imputan tres hechos porque, gracias a las imágenes satelitales se pudo determinar que entre el 10 y 14 de agosto hizo el camino A, entre el 10 y 14 de setiembre volvió a pasar la máquina por el camino A y entre el 26 noviembre y 4 de diciembre se produjo el daño mayor con el camino B y el desmonte.
También señaló que la situación se reduce a un conflicto familiar en el que Ricardo La Regina realizó modificaciones en un alambrado: “No hay claridad respecto a qué animales fueron supuestamente afectados”.
“Se han realizado tres allanamientos, y se han traído expertos al lugar, los cuales examinaron el campo y no encontraron vestigios de pingüinos dañados. Cuando se dice que cientos de pingüinos fueron arrollados, se está afirmando algo que no se ha podido demostrar”.
El abogado dudó de la investigación realizada y consideró que las pruebas presentadas no justifican una persecución penal: “Vinieron expertos de todo el país con drones, pero nadie agarró una pala para buscar si había algún vestigio de algún pingüino dañado, esto simplemente porque no les convenía para la tesis que ya venían planteando”.
Insistió en que las acciones de La Regina no causaron un impacto ambiental, ni constituyen un delito. Además, agregó que las tierras en cuestión eran privadas, lo que significa que, según el Código Civil, cualquier infraestructura y vegetación son propiedad del imputado y no de uso público: “Todo aquello sobre lo cual se realizó algún trabajo fue sobre una cosa de propiedad de su familia. Sería aplicable la excusa absolutoria del artículo N°185, ya que se trata de un bien, en este caso inmueble, propiedad de su padre, de quien el acusado es el administrador”.
Antes del inicio de los alegatos finales del juicio, volvió a tomar la palabra el único imputado por los hechos, Ricardo La Regina quien reiteró que su intención con todo esto es “que se use la tierra de manera correcta, proteger a los pingüinos y que me dejen trabajar tranquilo”. Antes del inicio de los alegatos finales del juicio, volvió a tomar la palabra el único imputado por los hechos, Ricardo La Regina quien reiteró que su intención con todo esto es “que se use la tierra de manera correcta, proteger a los pingüinos y que me dejen trabajar tranquilo”.
Tras la pronunciación de las partes, se informó que el veredicto será el próximo jueves a las 11 horas.
La fiscal Florencia Gómez fue quien inició los alegatos asegurando que durante este debate “quedaron acreditadas la materialidad del hecho y la autoría por parte del imputado en cada uno de los hechos entre 10 de agosto y 4 de diciembre de 2021. La defensa técnica no ha logrado desvirtuar la prueba, ni traer prueba contra la aportada por el Ministerio Público Fiscal”.
Gómez puntualiza que el delito es “daño porque acá se destruyó, se hizo desaparecer el habitad del Pingüino de Magallanes, se desmontó 2049 mts2 con toda la flora y fauna nativa. No era de su propiedad, acá nunca se debatió el derecho a la propiedad, la flora y la fauna no le pertenecen al imputado sino al Estado y la sociedad toda”.
También sostuvo que este daño es “agravado porque se ha desmontado 2049 mt2 de zona de reserva de biósfera, con protección internacional por la fragilidad del sistema. Se destruyó vegetación nativa y se levantó 40 cm de la capa del suelo, hay zonas que son irrecuperables”.
En relación a la acusación de “crueldad a los animales; quedó acreditado por lo manifestado en especialistas en pingüinos que hubo arrastre, compactación y derrumbe de nidos. Quedó acreditado por imágenes satelitales que había pingüinos en el lugar. Fue entre el 26 de noviembre y 4 de diciembre en plena zona de alta densidad de nidos en época reproductiva de Pingüinos de Magallanes”.
Además “se actuó con dolo directo porque el imputado conoce el ciclo reproductivo del pingüino, no desconocía el ciclo biológico, conoce cuando llega el pingüino a su nido en septiembre. Tuvo un desprecio total sobre la biodiversidad porque había otras especies conviviendo con los pingüinos”.
“Realizó caminos, desmontes y tajamares por un fin económico, priorizó el beneficio económico personal ante la protección ambiental. Hubo siempre un plan económico del imputado, compró una retroexcavadora para abrir caminos y tajamares”.
“El imputado compró una retroexcavadora para poner en valor el campo. No pidió autorización, ni estudio de impacto ambiental, porque sabía que jamás se lo iban a autorizar”.
Por último aclaró que se le imputan tres hechos porque, gracias a las imágenes satelitales se pudo determinar que entre el 10 y 14 de agosto hizo el camino A, entre el 10 y 14 de setiembre volvió a pasar la máquina por el camino A y entre el 26 noviembre y 4 de diciembre se produjo el daño mayor con el camino B y el desmonte.
También señaló que la situación se reduce a un conflicto familiar en el que Ricardo La Regina realizó modificaciones en un alambrado: “No hay claridad respecto a qué animales fueron supuestamente afectados”.
“Se han realizado tres allanamientos, y se han traído expertos al lugar, los cuales examinaron el campo y no encontraron vestigios de pingüinos dañados. Cuando se dice que cientos de pingüinos fueron arrollados, se está afirmando algo que no se ha podido demostrar”.
El abogado dudó de la investigación realizada y consideró que las pruebas presentadas no justifican una persecución penal: “Vinieron expertos de todo el país con drones, pero nadie agarró una pala para buscar si había algún vestigio de algún pingüino dañado, esto simplemente porque no les convenía para la tesis que ya venían planteando”.
Insistió en que las acciones de La Regina no causaron un impacto ambiental, ni constituyen un delito. Además, agregó que las tierras en cuestión eran privadas, lo que significa que, según el Código Civil, cualquier infraestructura y vegetación son propiedad del imputado y no de uso público: “Todo aquello sobre lo cual se realizó algún trabajo fue sobre una cosa de propiedad de su familia. Sería aplicable la excusa absolutoria del artículo N°185, ya que se trata de un bien, en este caso inmueble, propiedad de su padre, de quien el acusado es el administrador”.