En la sesión de este miércoles, la totalidad de los ediles aprobó la declaración de emergencia de los servicios públicos consistentes en energía eléctrica, agua potable y tratamiento de la red cloacal, por el término de 180 días.
En la ordenanza se establece la suspensión de manera inmediata de todo aumento tarifario “emergente aplicado de manera unilateral por el Consejo de Administración de la Cooperativa de Servicios Públicos”. También se suspende por 6 meses la aplicación del corte de suministro de energía eléctrica a todos los usuarios por falta de pago de una sola factura.
Durante el plazo de la emergencia, “la concesionaria no podrá disponer de la suspensión del suministro en el supuesto de falta de pago de las facturas donde se aplicó el aumento de forma unilateral. Sólo podrá aplicar intereses por financiamiento otorgado al pago de facturas de servicios concesionados”.
Además, se estableció que la Cooperativa deberá mantener “inalterada la nómina de personal afectado a la prestación de servicios, no pudiendo incrementar su número, ni promover incorporaciones sin previa autorización del poder concedente”, en este caso la Municipalidad.
El presidente del cuerpo, Dulio Monti, agregó que otro punto que debe revisar el Ejecutivo Municipal en cuanto a las obligaciones que debe cumplir la Cooperativa, está la situación con Cammesa porque la facturación de la compañía mayorista de energía “se le hace abonar al vecino, pero no se le paga a Cammesa”.
En la sesión de este miércoles, la totalidad de los ediles aprobó la declaración de emergencia de los servicios públicos consistentes en energía eléctrica, agua potable y tratamiento de la red cloacal, por el término de 180 días.
En la ordenanza se establece la suspensión de manera inmediata de todo aumento tarifario “emergente aplicado de manera unilateral por el Consejo de Administración de la Cooperativa de Servicios Públicos”. También se suspende por 6 meses la aplicación del corte de suministro de energía eléctrica a todos los usuarios por falta de pago de una sola factura.
Durante el plazo de la emergencia, “la concesionaria no podrá disponer de la suspensión del suministro en el supuesto de falta de pago de las facturas donde se aplicó el aumento de forma unilateral. Sólo podrá aplicar intereses por financiamiento otorgado al pago de facturas de servicios concesionados”.
Además, se estableció que la Cooperativa deberá mantener “inalterada la nómina de personal afectado a la prestación de servicios, no pudiendo incrementar su número, ni promover incorporaciones sin previa autorización del poder concedente”, en este caso la Municipalidad.
El presidente del cuerpo, Dulio Monti, agregó que otro punto que debe revisar el Ejecutivo Municipal en cuanto a las obligaciones que debe cumplir la Cooperativa, está la situación con Cammesa porque la facturación de la compañía mayorista de energía “se le hace abonar al vecino, pero no se le paga a Cammesa”.