Avanza un amparo de una comunidad aborigen de Chubut contra Milei

Es la Comunidad de Laguna Fría y Chacay Oeste. Reclama por la disolución del INTA y del Instituto de Agricultura Familiar. Aunque la ley lo prevé, nadie los consultó al respecto. Decidirá el juez federal de Rawson Hugo Sastre.

18 AGO 2025 - 18:14 | Actualizado 18 AGO 2025 - 18:16

Este lunes 18 el juez federal de Rawson Hugo Sastre se declaró competente para decidir sobre la acción de amparo iniciada contra el Estado Nacional por la Comunidad Aborigen de Laguna Fría y Chacay Oeste, de la meseta centro norte de Chubut, por la disolución del Instituto de Agricultura Familiar y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria.

El recurso se presentó la semana pasada y cuestiona el decreto 462/25 con el que el presidente Javier Milei, utilizando facultades delegadas en la Ley Bases, disolvió el INAFCI y afectó severamente el funcionamiento del INTA sin ninguna clase de consulta previa a los pueblos indígenas.

La decisión de Sastre fue tomada tras un dictamen favorable del fiscal federal Fernando Gélvez, e implica considerar “admisible” el amparo y ordenar su notificación al Estado Nacional para que conteste la medida cautelar solicitada en el plazo de doce días.

La importancia de este paso procesal es que se reconoce que la Comunidad Mapuche Tehuelche se encuentra habilitada para reclamar contra el decreto 462/25 y que la vía excepcional del amparo, en este caso se encuentra justificada. El derecho a la consulta previa es un derecho fundamental que tienen los pueblos indígenas a partir de la reforma de la Constitución del 1994 y la ratificación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

La comunidad denunció que ninguna de las reformas a los distintos organismos que se ocupan de los intereses de estos pueblos fue consultada y en el caso de INAFCI e INTA, se trata de entidades que tienen directa relación con el modo de vida y de producción de las comunidades.

En forma paralela tramita otro amparo presentado por tres comunidades indígenas de Cushamen ante el Juzgado Federal de Esquel, de contenido similar, que está pendiente del dictamen fiscal.

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18 AGO 2025 - 18:14

Este lunes 18 el juez federal de Rawson Hugo Sastre se declaró competente para decidir sobre la acción de amparo iniciada contra el Estado Nacional por la Comunidad Aborigen de Laguna Fría y Chacay Oeste, de la meseta centro norte de Chubut, por la disolución del Instituto de Agricultura Familiar y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria.

El recurso se presentó la semana pasada y cuestiona el decreto 462/25 con el que el presidente Javier Milei, utilizando facultades delegadas en la Ley Bases, disolvió el INAFCI y afectó severamente el funcionamiento del INTA sin ninguna clase de consulta previa a los pueblos indígenas.

La decisión de Sastre fue tomada tras un dictamen favorable del fiscal federal Fernando Gélvez, e implica considerar “admisible” el amparo y ordenar su notificación al Estado Nacional para que conteste la medida cautelar solicitada en el plazo de doce días.

La importancia de este paso procesal es que se reconoce que la Comunidad Mapuche Tehuelche se encuentra habilitada para reclamar contra el decreto 462/25 y que la vía excepcional del amparo, en este caso se encuentra justificada. El derecho a la consulta previa es un derecho fundamental que tienen los pueblos indígenas a partir de la reforma de la Constitución del 1994 y la ratificación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

La comunidad denunció que ninguna de las reformas a los distintos organismos que se ocupan de los intereses de estos pueblos fue consultada y en el caso de INAFCI e INTA, se trata de entidades que tienen directa relación con el modo de vida y de producción de las comunidades.

En forma paralela tramita otro amparo presentado por tres comunidades indígenas de Cushamen ante el Juzgado Federal de Esquel, de contenido similar, que está pendiente del dictamen fiscal.