“Richeri gateaba cuando nosotros ya transitábamos en la justicia”

Luego de que el juez de Esquel les hiciera un “llamado de atención” y desestimara la denuncia contra el Superior Tribunal, Alfredo Pérez Galimberti y José Heredia le respondieron con dureza: “La sabiduría se lleva muy mal con la soberbia”.

Desde la izquierda, Heredia, Richeri y Galimberti.
31 JUL 2025 - 18:48 | Actualizado 31 JUL 2025 - 19:45

Con una durísima respuesta con forma de impugnación, los abogadosAlfredo Pérez Galimberti y José Raúl Heredia cuestionaron al juez Carlos Richeri, quien les hizo un “severo llamado de atención” por la presunta inconducta procesal de ambos como letrados de la Asociación de Magistrados, en el marco de la denuncia al Superior Tribunal de Justicia. Se reservaron el derecho de iniciar acciones administrativas, penales y civiles contra el magistrado de Esquel.

Los abogados advirtieron que Richeri no era el juez de turno que debía tomar el caso tras el apartamiento de sus colegas Karina Breckle, María Laura Martino y Eve Ponce. “Aparece como un `juez elegido´ al margen de la elección de la Circunscripción más cercana. Si la Oficina Judicial Rawson no optó por mantener la práctica corriente y sostenida de dar intervención a jueces del colegio más cercano, esto es Trelew, no se comprende de qué modo escogió al ´juez de turno´ de Esquel”. Ambos consideraron imprescindible designar a dos magistrados para que revisen la decisión de Richeri.

Explicaron que el juez debía excusarse ya que como Breckle y Ponce, también es socio de Magistrados, denunciante en el caso. Por lógica, si en su caso consideró que ser socio no era causal para apartarse, debió rechazar las excusaciones de sus colegas. “Sin embargo, se aferró a las actuaciones incurriendo en flagrante autocontradicción”.

También advierten que Richeri nunca los notificó de que había tomado el expediente. Esto violó el debido proceso. “Está claro que, de habernos notificado su avocamiento, que él no cumplió, hubiésemos recusado a Richeri con sobrados motivos”.

Para los letrados de la Asociación, “las actuaciones se remitieron indebidamente porque la circunscripción de Esquel dista más de 600 kilómetros de Rawson: en modo alguno es la más cercana. Trelew dista 23 kilómetros, Puerto Madryn menos de 82 kilómetros y Comodoro Rivadavia unos 385 kilómetros”.

“El juez parece `elegido´ en conocimiento anticipado de que se aferraría a la causa pese a su notoria incompetencia y que actuaría con la inusitada velocidad -semejante a la desplegada por los fiscales actuantes- arrasando con los principios básicos del debido proceso y la defensa en juicio, para contribuir a cerrar la denuncia liminarmente sin ninguna investigación. De paso, con la deliberada finalidad de reprender de un modo alevosamente ilegítimo a los letrados como una suerte de mensaje que discipline a los abogados”.

En esta línea, pidieron que la resolución del juez Richeri “se declare violatoria de la dignidad de los abogados actuantes”. Y que se cite a los Colegios Públicos de Abogados de Trelew, de Comodoro Rivadavia y de Esquel.

Según Galimberti y Heredia, “no hay ninguna razón para que se nos dedicara la inusual catarata de descalificaciones en un lenguaje impropio de la rectitud exigible a los jueces”.

Calificaron al escrito de Richeri como “un conjunto de palabras amontonadas que nos descalifican sin precisar ninguna falta: aseveraciones temerarias”.

Luego de que el juez cordillerano los acusara de ignorar principios elementales, los letrados contestaron: “Por si no lo sabe -lo que sería grave para quien ha rendido como juez penal y debe todavía revalidarse ante el Consejo de la Magistratura-, o por si finge desconocimiento - igualmente grave-, estamos compelidos a recordar que, mucho tiempo antes de que Richeri tomara contacto con el código vigente los suscriptos trabajábamos en su redacción por encargo de la Legislatura en 2004”.

En esta línea, le recomiendan a Richeri: “Hay que andarse con cuidado en estos complejos caminos del Derecho. Especialmente, advertir que la sabiduría se lleva muy mal con la soberbia”.

También aclararon que no atacaron a los fiscales Lucas Papini ni Ivana Berazategui. “Señalar en ellos ausencia de experiencia no significa tal ataque (…) No puede aplaudirse la decisión de integrar un colegio con fiscales que recién comienzan en sus funciones y que deben todavía ser confirmados en sus cargos por el Consejo de la Magistratura que integra el presidente del Superior Tribunal. En este caso se ha denunciado nada menos que a todos los integrantes del Superior y en relación con hechos que deben ser investigados, apelando a herramientas no solo teóricas, sino que se necesitará acudir a prácticas vinculadas con constancias contables, a registros informáticos y otras operaciones periciales que hay que programar con sabiduría y experiencia”.

“En las funciones judiciales especialmente se requiere de experiencia, como lo prueba el hecho de que las constituciones y las normas orgánicas habilitan a concursar solamente a quienes acrediten el cumplimiento de ciertos requisitos, como la antigüedad en un cargo o en el título que ostenta y el desempeño (...)No se le encomienda la práctica de una cirugía de cerebro como jefe de equipo a un médico que recién comienza su residencia”, graficaron.

Además explican que “no creamos categorías de fiscales `de segunda´: mostrar diferentes grados de experiencias no es degradar a nadie. Existen fiscales que han adquirido estabilidad porque han sido ya convalidados por el Consejo de la Magistratura y existen otros que aún no han alcanzado esa estabilidad. Esto los diferencia naturalmente, como los diferencia la mayor o menor antigüedad en el cargo. La luz nos permite distinguir los colores y el ejercicio de la recta razón nos permite apreciar que unos están más preparados que otros”.

“En los concursos para fiscal o juez también se anotan diferencias (…) Los resultados naturalmente permiten hacer distingos. Hay quienes brillan y otros “pobres más o menos”. Así escribió Yupanqui: `Algunos cantaban bien. Otros pobres más o menos. Más no eran cantos ajenos, aunque marca no tenían. Y todos se entretenían. Guitarreando hasta el desvelo´. Es decir, todos adquieren el título de abogados, de jueces y de fiscales”.

En su escrito recuerdan que Richeri obtuvo 8 votos a favor y 6 en contra cuando rindió para ser fiscal. Y pudo concursar pues el Consejo decidió, 7 votos contra 7 votos y desempate del presidente, que su desempeño como empleado judicial le permitía concursar pese a no contar con los siete años de matriculación o desempeño judicial que se venía exigiendo.

Además obtuvo 7 votos a favor y 6 en contra sobre un total de 14 cuando concursó para ser juez. “Pudo reprobar con esos números en un sistema en que se exige una mayoría calificada. Son diferencias cuya objetiva constatación no degrada a nadie”.

Galimberti y Heredia estuvieron en la génesis del Consejo de la Magistratura en Chubut e integraron el primer Consejo en 1995. “Lejos de atacarlo, nos enorgullece este Consejo”.

“Ni siquiera se ha asomado a conocer las actuaciones. (Richeri) ha obrado desde el inicio con claros preconceptos -estos sí, clarísimos- y una postura ya adoptada”.

“Dice el autor de las numerosas injurias que nuestra actuación deshonra la abogacía. ¡Grave injuria que no tiene justificación!”, subrayan, para luego repasar las abundantes trayectorias de ambos. “Acaso gateaba aún Richeri cuando los suscriptos transitábamos las instituciones judiciales de Chubut y trabajábamos para sostenerla en tiempos de dictadura y, después, para alcanzar instituciones jurídicas cultas”.

“Si se leen objetivamente nuestras presentaciones -las de estas actuaciones y las que hemos concebido a lo largo de 50 años de actuación pública- no se podrá advertir en ellas furia, rencor, furor, en fin, la saña que nos endilga. Hemos sumado siempre argumentos, los que, en todo caso, deben confrontarse decentemente con fundamentos superiores, no con insultos como ha hecho Richeri”.

Sobre el llamado de atención que les aplicó, advierten que es una sanción que no le corresponde ya que carece de competencia para sancionar a los abogados y no les concedió el derecho a ser oídos. “Deviene nula de absoluta nulidad la decisión sancionatoria, pero las afirmaciones injuriosas y aun calumniosas quedan registradas y en base a ellas accionaremos según corresponde en derecho”.

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Desde la izquierda, Heredia, Richeri y Galimberti.
31 JUL 2025 - 18:48

Con una durísima respuesta con forma de impugnación, los abogadosAlfredo Pérez Galimberti y José Raúl Heredia cuestionaron al juez Carlos Richeri, quien les hizo un “severo llamado de atención” por la presunta inconducta procesal de ambos como letrados de la Asociación de Magistrados, en el marco de la denuncia al Superior Tribunal de Justicia. Se reservaron el derecho de iniciar acciones administrativas, penales y civiles contra el magistrado de Esquel.

Los abogados advirtieron que Richeri no era el juez de turno que debía tomar el caso tras el apartamiento de sus colegas Karina Breckle, María Laura Martino y Eve Ponce. “Aparece como un `juez elegido´ al margen de la elección de la Circunscripción más cercana. Si la Oficina Judicial Rawson no optó por mantener la práctica corriente y sostenida de dar intervención a jueces del colegio más cercano, esto es Trelew, no se comprende de qué modo escogió al ´juez de turno´ de Esquel”. Ambos consideraron imprescindible designar a dos magistrados para que revisen la decisión de Richeri.

Explicaron que el juez debía excusarse ya que como Breckle y Ponce, también es socio de Magistrados, denunciante en el caso. Por lógica, si en su caso consideró que ser socio no era causal para apartarse, debió rechazar las excusaciones de sus colegas. “Sin embargo, se aferró a las actuaciones incurriendo en flagrante autocontradicción”.

También advierten que Richeri nunca los notificó de que había tomado el expediente. Esto violó el debido proceso. “Está claro que, de habernos notificado su avocamiento, que él no cumplió, hubiésemos recusado a Richeri con sobrados motivos”.

Para los letrados de la Asociación, “las actuaciones se remitieron indebidamente porque la circunscripción de Esquel dista más de 600 kilómetros de Rawson: en modo alguno es la más cercana. Trelew dista 23 kilómetros, Puerto Madryn menos de 82 kilómetros y Comodoro Rivadavia unos 385 kilómetros”.

“El juez parece `elegido´ en conocimiento anticipado de que se aferraría a la causa pese a su notoria incompetencia y que actuaría con la inusitada velocidad -semejante a la desplegada por los fiscales actuantes- arrasando con los principios básicos del debido proceso y la defensa en juicio, para contribuir a cerrar la denuncia liminarmente sin ninguna investigación. De paso, con la deliberada finalidad de reprender de un modo alevosamente ilegítimo a los letrados como una suerte de mensaje que discipline a los abogados”.

En esta línea, pidieron que la resolución del juez Richeri “se declare violatoria de la dignidad de los abogados actuantes”. Y que se cite a los Colegios Públicos de Abogados de Trelew, de Comodoro Rivadavia y de Esquel.

Según Galimberti y Heredia, “no hay ninguna razón para que se nos dedicara la inusual catarata de descalificaciones en un lenguaje impropio de la rectitud exigible a los jueces”.

Calificaron al escrito de Richeri como “un conjunto de palabras amontonadas que nos descalifican sin precisar ninguna falta: aseveraciones temerarias”.

Luego de que el juez cordillerano los acusara de ignorar principios elementales, los letrados contestaron: “Por si no lo sabe -lo que sería grave para quien ha rendido como juez penal y debe todavía revalidarse ante el Consejo de la Magistratura-, o por si finge desconocimiento - igualmente grave-, estamos compelidos a recordar que, mucho tiempo antes de que Richeri tomara contacto con el código vigente los suscriptos trabajábamos en su redacción por encargo de la Legislatura en 2004”.

En esta línea, le recomiendan a Richeri: “Hay que andarse con cuidado en estos complejos caminos del Derecho. Especialmente, advertir que la sabiduría se lleva muy mal con la soberbia”.

También aclararon que no atacaron a los fiscales Lucas Papini ni Ivana Berazategui. “Señalar en ellos ausencia de experiencia no significa tal ataque (…) No puede aplaudirse la decisión de integrar un colegio con fiscales que recién comienzan en sus funciones y que deben todavía ser confirmados en sus cargos por el Consejo de la Magistratura que integra el presidente del Superior Tribunal. En este caso se ha denunciado nada menos que a todos los integrantes del Superior y en relación con hechos que deben ser investigados, apelando a herramientas no solo teóricas, sino que se necesitará acudir a prácticas vinculadas con constancias contables, a registros informáticos y otras operaciones periciales que hay que programar con sabiduría y experiencia”.

“En las funciones judiciales especialmente se requiere de experiencia, como lo prueba el hecho de que las constituciones y las normas orgánicas habilitan a concursar solamente a quienes acrediten el cumplimiento de ciertos requisitos, como la antigüedad en un cargo o en el título que ostenta y el desempeño (...)No se le encomienda la práctica de una cirugía de cerebro como jefe de equipo a un médico que recién comienza su residencia”, graficaron.

Además explican que “no creamos categorías de fiscales `de segunda´: mostrar diferentes grados de experiencias no es degradar a nadie. Existen fiscales que han adquirido estabilidad porque han sido ya convalidados por el Consejo de la Magistratura y existen otros que aún no han alcanzado esa estabilidad. Esto los diferencia naturalmente, como los diferencia la mayor o menor antigüedad en el cargo. La luz nos permite distinguir los colores y el ejercicio de la recta razón nos permite apreciar que unos están más preparados que otros”.

“En los concursos para fiscal o juez también se anotan diferencias (…) Los resultados naturalmente permiten hacer distingos. Hay quienes brillan y otros “pobres más o menos”. Así escribió Yupanqui: `Algunos cantaban bien. Otros pobres más o menos. Más no eran cantos ajenos, aunque marca no tenían. Y todos se entretenían. Guitarreando hasta el desvelo´. Es decir, todos adquieren el título de abogados, de jueces y de fiscales”.

En su escrito recuerdan que Richeri obtuvo 8 votos a favor y 6 en contra cuando rindió para ser fiscal. Y pudo concursar pues el Consejo decidió, 7 votos contra 7 votos y desempate del presidente, que su desempeño como empleado judicial le permitía concursar pese a no contar con los siete años de matriculación o desempeño judicial que se venía exigiendo.

Además obtuvo 7 votos a favor y 6 en contra sobre un total de 14 cuando concursó para ser juez. “Pudo reprobar con esos números en un sistema en que se exige una mayoría calificada. Son diferencias cuya objetiva constatación no degrada a nadie”.

Galimberti y Heredia estuvieron en la génesis del Consejo de la Magistratura en Chubut e integraron el primer Consejo en 1995. “Lejos de atacarlo, nos enorgullece este Consejo”.

“Ni siquiera se ha asomado a conocer las actuaciones. (Richeri) ha obrado desde el inicio con claros preconceptos -estos sí, clarísimos- y una postura ya adoptada”.

“Dice el autor de las numerosas injurias que nuestra actuación deshonra la abogacía. ¡Grave injuria que no tiene justificación!”, subrayan, para luego repasar las abundantes trayectorias de ambos. “Acaso gateaba aún Richeri cuando los suscriptos transitábamos las instituciones judiciales de Chubut y trabajábamos para sostenerla en tiempos de dictadura y, después, para alcanzar instituciones jurídicas cultas”.

“Si se leen objetivamente nuestras presentaciones -las de estas actuaciones y las que hemos concebido a lo largo de 50 años de actuación pública- no se podrá advertir en ellas furia, rencor, furor, en fin, la saña que nos endilga. Hemos sumado siempre argumentos, los que, en todo caso, deben confrontarse decentemente con fundamentos superiores, no con insultos como ha hecho Richeri”.

Sobre el llamado de atención que les aplicó, advierten que es una sanción que no le corresponde ya que carece de competencia para sancionar a los abogados y no les concedió el derecho a ser oídos. “Deviene nula de absoluta nulidad la decisión sancionatoria, pero las afirmaciones injuriosas y aun calumniosas quedan registradas y en base a ellas accionaremos según corresponde en derecho”.