Funcionario judicial maneja un Uber porque no le alcanza el sueldo

La Cámara Federal de Buenos Aires autorizó a un funcionario judicial a tener un segundo trabajo porque el sueldo de $ 2.900.000 no le alcanzaba.

24 JUL 2025 - 10:06 | Actualizado 24 JUL 2025 - 10:19

Los jueces Mariano Llorens, Roberto Boico y Pablo Bertuzzi fallaron a favor del hombre, que pidió permiso para trabajar como conductor de aplicaciones de movilidad.

El portal Tiempo Judicial, que difundió el fallo, calculó en $ 2.900.000 el sueldo del hombre, que es prosecretario letrado. Dicho ingreso es casi 10 veces el valor del salario mínimo vigente, de $ 317.800 mensuales.

Los artículos 9 del Decreto 1285/1958 y artículo 8 del Reglamento para la Justicia Nacional establecen un sistema de incompatibilidades para preservar la independencia y la imparcialidad de los jueces y funcionarios, que incluye por caso que los funcionarios no pueden ejercer la abogacía.

Una de las actividades que están autorizados a realizar es la docencia. Sin embargo, la Corte Suprema ya permitió en otras oportunidades excepciones al régimen.

La causa que llegó a la Cámara ya tenía sentencia favorable del juez Sebastián Casanello que remarcó que la actividad que realizará el prosecretario letrado se limitará a los horarios en los que no cumple funciones en el juzgado, y por ende “no repercutirá negativamente en sus obligaciones como funcionario".

La Cámara Federal valoró que el funcionario presentó las reglas de Uber que indican que los trabajadores de esa aplicación son “autónomos e independientes”. El funcionario se comprometió a cumplir con toda la reglamentación vigente en materia de ética pública sin descuidar su trabajo en el Poder Judicial y a realizar los viajes solo por fuera de su horario laboral.

24 JUL 2025 - 10:06

Los jueces Mariano Llorens, Roberto Boico y Pablo Bertuzzi fallaron a favor del hombre, que pidió permiso para trabajar como conductor de aplicaciones de movilidad.

El portal Tiempo Judicial, que difundió el fallo, calculó en $ 2.900.000 el sueldo del hombre, que es prosecretario letrado. Dicho ingreso es casi 10 veces el valor del salario mínimo vigente, de $ 317.800 mensuales.

Los artículos 9 del Decreto 1285/1958 y artículo 8 del Reglamento para la Justicia Nacional establecen un sistema de incompatibilidades para preservar la independencia y la imparcialidad de los jueces y funcionarios, que incluye por caso que los funcionarios no pueden ejercer la abogacía.

Una de las actividades que están autorizados a realizar es la docencia. Sin embargo, la Corte Suprema ya permitió en otras oportunidades excepciones al régimen.

La causa que llegó a la Cámara ya tenía sentencia favorable del juez Sebastián Casanello que remarcó que la actividad que realizará el prosecretario letrado se limitará a los horarios en los que no cumple funciones en el juzgado, y por ende “no repercutirá negativamente en sus obligaciones como funcionario".

La Cámara Federal valoró que el funcionario presentó las reglas de Uber que indican que los trabajadores de esa aplicación son “autónomos e independientes”. El funcionario se comprometió a cumplir con toda la reglamentación vigente en materia de ética pública sin descuidar su trabajo en el Poder Judicial y a realizar los viajes solo por fuera de su horario laboral.


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