El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que desde este viernes los precios de toda clase de productos y servicios podrán ser exhibidos en moneda extranjera.
La medida la había adelantado Infobae en diciembre pasado. “A partir de mañana, los precios de bienes y servicios podrán mostrarse en dólares estadounidenses o en otra moneda extranjera, además de figurar en pesos, indicando el importe total y final que debe abonar el consumidor”, explicó el funcionario a través de su cuenta de X.
QUÉ CAMBIA EN LA LEGISLACIÓN
En su artículo 2°, la norma actual dice, entre otros puntos, que “en los casos en que se ofrezcan directamente al público bienes muebles o servicios en moneda extranjera, se podrá exhibir su precio en dicha moneda, en caracteres menos relevantes que los correspondientes a la respectiva indicación en pesos”.
Con la nueva medida, ambos precios tomarían la misma relevancia. Claro está, que la normativa no implica una obligación para comerciantes y prestadores de servicios.
“Es facultativo, no imperativo. El que quiera, podrá exhibir el precio de las cosas en dólares, junto con los pesos. La moneda de curso legal es el peso. Todos los bienes y servicios que se ofrezcan tienen que estar con su precio en pesos y se podrá, también, hacerlo en dólares”, explicaron fuentes del Gobierno.
“Seguramente, va a arrancar con sectores donde sea razonable pensar que se puede pagar en dólares. Autos, embarcaciones, departamentos todo lo que en la realidad argentina está dolarizado, pero que debes pagar en pesos. No está pensado para la lata de tomate en un supermercado, por lo menos no en esta primera etapa”, dijo la fuente oficial. (Infobae)
El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que desde este viernes los precios de toda clase de productos y servicios podrán ser exhibidos en moneda extranjera.
La medida la había adelantado Infobae en diciembre pasado. “A partir de mañana, los precios de bienes y servicios podrán mostrarse en dólares estadounidenses o en otra moneda extranjera, además de figurar en pesos, indicando el importe total y final que debe abonar el consumidor”, explicó el funcionario a través de su cuenta de X.
QUÉ CAMBIA EN LA LEGISLACIÓN
En su artículo 2°, la norma actual dice, entre otros puntos, que “en los casos en que se ofrezcan directamente al público bienes muebles o servicios en moneda extranjera, se podrá exhibir su precio en dicha moneda, en caracteres menos relevantes que los correspondientes a la respectiva indicación en pesos”.
Con la nueva medida, ambos precios tomarían la misma relevancia. Claro está, que la normativa no implica una obligación para comerciantes y prestadores de servicios.
“Es facultativo, no imperativo. El que quiera, podrá exhibir el precio de las cosas en dólares, junto con los pesos. La moneda de curso legal es el peso. Todos los bienes y servicios que se ofrezcan tienen que estar con su precio en pesos y se podrá, también, hacerlo en dólares”, explicaron fuentes del Gobierno.
“Seguramente, va a arrancar con sectores donde sea razonable pensar que se puede pagar en dólares. Autos, embarcaciones, departamentos todo lo que en la realidad argentina está dolarizado, pero que debes pagar en pesos. No está pensado para la lata de tomate en un supermercado, por lo menos no en esta primera etapa”, dijo la fuente oficial. (Infobae)