Nuevos requisitos para habilitar piletas en Puerto Madryn

17 DIC 2024 - 18:59 | Actualizado 17 DIC 2024 - 19:02

En su última sesión ordinaria el Concejo Deliberante de Puerto Madryn derogará la ordenanza de piletas o natatorios de uso recreativo, educacional o deportivo, persiga o no fines de lucro. Se aprobará una nueva norma para su habilitación. Además se fijaron nuevas exigencias para garantizar la seguridad en esos lugares, como tener un desfibrilador y un plazo de un año para que la piletas se adecúen.

Los natatorios se dividirán en tres categorías: piletas en salones de eventos; piletas en alojamientos turísticos piletas de uso educacional, deportivo y recreativo. Todas deberán contar con planos aprobados.

El agua será controlada cada 30 días en la temporada primavera/verano y cada 90 días en la temporada otoño/ invierno por la Dirección de Inspecciones Generales, teniendo en cuenta los niveles de pH, análisis físico químico y bacteriológico tolerable. No se podrá llenar la pileta con agua de la red de uso domiciliario.

Los guardavidas deberán estar presentes de manera permanente mientras la instalación esté en uso. Y contarán con un espacio de atención médica con botiquín de primeros auxilios con elementos básicos, cuello ortopédico cervical y una camilla rígida para el transporte de pacientes. Asimismo, se prevé que cada establecimiento cuente con un servicio de emergencias médicas. Los primeros auxilios serán responsabilidad de los guardavidas.

En el caso de las entidades deportivas donde los natatorios o piletas sean utilizados por los asociados únicamente, deberán realizar un examen médico a sus socios cada 30 días. Serán identificados con una credencial que certifique su buen estado de salud para uso del servicio. En caso de permitir la modalidad “invitados”, deberán cumplir el mismo requisito de revisión médica cada 15 días.

Una de las exigencias que se incorpora será que los natatorios deberán contar con un desfibrilador externo automático (DEA).

Y cada pileta o natatorio deportivo, así como las piletas - escuela, deberán contar con al menos un Licenciado o Profesor de Educación Física, responsable del proyecto pedagógico y deportivo.

17 DIC 2024 - 18:59

En su última sesión ordinaria el Concejo Deliberante de Puerto Madryn derogará la ordenanza de piletas o natatorios de uso recreativo, educacional o deportivo, persiga o no fines de lucro. Se aprobará una nueva norma para su habilitación. Además se fijaron nuevas exigencias para garantizar la seguridad en esos lugares, como tener un desfibrilador y un plazo de un año para que la piletas se adecúen.

Los natatorios se dividirán en tres categorías: piletas en salones de eventos; piletas en alojamientos turísticos piletas de uso educacional, deportivo y recreativo. Todas deberán contar con planos aprobados.

El agua será controlada cada 30 días en la temporada primavera/verano y cada 90 días en la temporada otoño/ invierno por la Dirección de Inspecciones Generales, teniendo en cuenta los niveles de pH, análisis físico químico y bacteriológico tolerable. No se podrá llenar la pileta con agua de la red de uso domiciliario.

Los guardavidas deberán estar presentes de manera permanente mientras la instalación esté en uso. Y contarán con un espacio de atención médica con botiquín de primeros auxilios con elementos básicos, cuello ortopédico cervical y una camilla rígida para el transporte de pacientes. Asimismo, se prevé que cada establecimiento cuente con un servicio de emergencias médicas. Los primeros auxilios serán responsabilidad de los guardavidas.

En el caso de las entidades deportivas donde los natatorios o piletas sean utilizados por los asociados únicamente, deberán realizar un examen médico a sus socios cada 30 días. Serán identificados con una credencial que certifique su buen estado de salud para uso del servicio. En caso de permitir la modalidad “invitados”, deberán cumplir el mismo requisito de revisión médica cada 15 días.

Una de las exigencias que se incorpora será que los natatorios deberán contar con un desfibrilador externo automático (DEA).

Y cada pileta o natatorio deportivo, así como las piletas - escuela, deberán contar con al menos un Licenciado o Profesor de Educación Física, responsable del proyecto pedagógico y deportivo.


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