CAFACh y SOMU acordaron un incremento más bono retroactivo

En el mismo acuerdo, el secretario de Pesca de Chubut, Andrés Arbeletch, hizo saber a las partes el compromiso de realizar las acciones tendientes a lograr la suspensión de la actualización automática del canon de extracción pesquero por la temporada 2024/2025.

24 OCT 2024 - 9:34 | Actualizado 24 OCT 2024 - 12:31

La Cámara de Flota Amarilla de Chubut (CAFACh)llegó este jueves a un acuerdo salarial con el SOMU (Sindicato de Obreros Marítimos Unidos). Estuvieron presentes el presidente de dicha Cámara, Gustavo González, y Ramón Vera, Cristian Colin y Daniel Cisterna como referentes del gremio, como así también el secretario de Pesca de Chubut, Andrés Arbeletche.

Entre los puntos principales se acordó establecer un valor de $ 1.200 el kilo de langostino en aguas provinciales; más un incremento del 209% sobre el valor de los ítems fijos de cada marinero, determinando un sueldo básico de $ 648 mil; en tanto que se expresó que se garantizará el sueldo de marinero o tripulante de buque que tenga en el mes días navegados (de $ 777 mil a $ 845 mil según correspondiere).

El acuerdo es a partir de septiembre y se estableció, además, un bono no remunerativo del 20% a los trabajadores de todas las flotas que hayan prestado servicios en enero, febrero y marzo.

Adicionalmente, secretario de Pesca hizo saber a las partes que los fines de asistir a la firma del acta acuerdo, se asoció al compromiso de realizar las acciones tendientes para lograr la suspensión de la actualización automática del canon de extracción pesquero por la temporada 2024/2025. En razón de ello -se expresó- los valores del canon pesquero para la presente temporada serán los mismos a los de la temporada anterior.

En el texto se dejó además expreso el régimen laboral: “Le corresponde a cada marinero o tripulante el goce de un día de franco por tres días navegados.Los dias de trabajo serán abonados sujetos a la realización de tareas estableciéndose el valor a abonar cada dia de franco y día de trabajo en la suma de $ 50.597,60”.

En ese marco se describe también que “cada buque pesquero deberá contar con planillas en las cuales se registren los trabajos efectivamente realizados en muelle, tanto a bordo como en tierra, los mismos deberán ser firmados por el tripulante y la autoridad que se encuentre en ese momento”.

Se dejó constancia también que se abonará un adicional por desarraigo: “Se establece el pago como adicional por desarraigo con la suma de $ 387.657;45”.

Para finalizar,se indica que “la Cámara ofrece y el gremio acepta abonar a todos los trabajadores de todas las flotas que hayan prestado sus servicios durante los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2024 un bono del 20% no remunerativo no bonificable de los sueldos netos percibidos. Dicho pago será liquidado y abonado mediante depósito y/o transferencia bancaria con fecha límite el 31 de octubre”.

Y concluye: “Las sumas aquí convenidas en concepto de recomposición del salario a la parte y rubros fijos del salario, tendrán y son comprensivos de cualquier tipo de eventual aumento, siendo indistinta su naturaleza, bono obligatorio u optativo y/o cualquier suma que se imponga por el estado nacional, provincial o que requiera la entidad sindical desde el 30 de septiembre de 2024."

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24 OCT 2024 - 9:34

La Cámara de Flota Amarilla de Chubut (CAFACh)llegó este jueves a un acuerdo salarial con el SOMU (Sindicato de Obreros Marítimos Unidos). Estuvieron presentes el presidente de dicha Cámara, Gustavo González, y Ramón Vera, Cristian Colin y Daniel Cisterna como referentes del gremio, como así también el secretario de Pesca de Chubut, Andrés Arbeletche.

Entre los puntos principales se acordó establecer un valor de $ 1.200 el kilo de langostino en aguas provinciales; más un incremento del 209% sobre el valor de los ítems fijos de cada marinero, determinando un sueldo básico de $ 648 mil; en tanto que se expresó que se garantizará el sueldo de marinero o tripulante de buque que tenga en el mes días navegados (de $ 777 mil a $ 845 mil según correspondiere).

El acuerdo es a partir de septiembre y se estableció, además, un bono no remunerativo del 20% a los trabajadores de todas las flotas que hayan prestado servicios en enero, febrero y marzo.

Adicionalmente, secretario de Pesca hizo saber a las partes que los fines de asistir a la firma del acta acuerdo, se asoció al compromiso de realizar las acciones tendientes para lograr la suspensión de la actualización automática del canon de extracción pesquero por la temporada 2024/2025. En razón de ello -se expresó- los valores del canon pesquero para la presente temporada serán los mismos a los de la temporada anterior.

En el texto se dejó además expreso el régimen laboral: “Le corresponde a cada marinero o tripulante el goce de un día de franco por tres días navegados.Los dias de trabajo serán abonados sujetos a la realización de tareas estableciéndose el valor a abonar cada dia de franco y día de trabajo en la suma de $ 50.597,60”.

En ese marco se describe también que “cada buque pesquero deberá contar con planillas en las cuales se registren los trabajos efectivamente realizados en muelle, tanto a bordo como en tierra, los mismos deberán ser firmados por el tripulante y la autoridad que se encuentre en ese momento”.

Se dejó constancia también que se abonará un adicional por desarraigo: “Se establece el pago como adicional por desarraigo con la suma de $ 387.657;45”.

Para finalizar,se indica que “la Cámara ofrece y el gremio acepta abonar a todos los trabajadores de todas las flotas que hayan prestado sus servicios durante los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2024 un bono del 20% no remunerativo no bonificable de los sueldos netos percibidos. Dicho pago será liquidado y abonado mediante depósito y/o transferencia bancaria con fecha límite el 31 de octubre”.

Y concluye: “Las sumas aquí convenidas en concepto de recomposición del salario a la parte y rubros fijos del salario, tendrán y son comprensivos de cualquier tipo de eventual aumento, siendo indistinta su naturaleza, bono obligatorio u optativo y/o cualquier suma que se imponga por el estado nacional, provincial o que requiera la entidad sindical desde el 30 de septiembre de 2024."


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