Una nueva resolución emitida por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, a cargo de Federico Sturzenegger, estableció que las entidades del Sector Público Nacional “intimen” a sus empleados a iniciar con sus trámites jubilatorios en un plazo máximo de treinta días, si cumplen con las condiciones legales para ello.
Esta resolución 3/2024 está incluida en la política del Ministerio para modernizar y racionalizar el empleo público, cumpliendo así con los parámetros de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos Nº 27.742, que apunta a reducir el tamaño del Estado y transparentar el gasto público.
En el documento mencionado, se determinó: “Instrúyase a los titulares de las entidades comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias a intimar, en un plazo no mayor a TREINTA (30) días hábiles desde la publicación de la presente resolución, al personal que reúna las condiciones establecidas en el artículo 19 de la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones N° 24.241 a iniciar los trámites administrativos a fin de ingresar al sistema previsional”.
El artículo 8° de la ley 24.156 apunta, según el “inciso a y c” a los empleados de la Administración Nacional, conformada por la Administración Central, los Organismos Descentralizados y Entes Públicos.
Asimismo, la resolución “recomienda” que la medida se aplique también a las Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.
Una nueva resolución emitida por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, a cargo de Federico Sturzenegger, estableció que las entidades del Sector Público Nacional “intimen” a sus empleados a iniciar con sus trámites jubilatorios en un plazo máximo de treinta días, si cumplen con las condiciones legales para ello.
Esta resolución 3/2024 está incluida en la política del Ministerio para modernizar y racionalizar el empleo público, cumpliendo así con los parámetros de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos Nº 27.742, que apunta a reducir el tamaño del Estado y transparentar el gasto público.
En el documento mencionado, se determinó: “Instrúyase a los titulares de las entidades comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias a intimar, en un plazo no mayor a TREINTA (30) días hábiles desde la publicación de la presente resolución, al personal que reúna las condiciones establecidas en el artículo 19 de la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones N° 24.241 a iniciar los trámites administrativos a fin de ingresar al sistema previsional”.
El artículo 8° de la ley 24.156 apunta, según el “inciso a y c” a los empleados de la Administración Nacional, conformada por la Administración Central, los Organismos Descentralizados y Entes Públicos.
Asimismo, la resolución “recomienda” que la medida se aplique también a las Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.