Repro-Chubut, un registro provincial para agilizar el acceso al cannabis medicinal

En la Legislatura se debatirá un proyecto de ley impulsado por la Federación de Clubes Cannábicos de Argentina que busca regular el acceso al cannabis medicinal. Es el paso inicial para luego fomentar proyectos relacionados con la productividad, la exportación, los dispositivos de salud, educación y políticas de reducción de riesgos y daños.

13 AGO 2024 - 14:57 | Actualizado 13 AGO 2024 - 15:51

La Legislatura de Chubut se prepara para debatir un proyecto de ley que podría cambiar la vida de muchos pacientes. Se trata del proyecto Nº 176, presentado por el diputado provincial Gustavo Fita, del Bloque Arriba Chubut, que propone la creación de un registro provincial de usuarios y productores de cannabis, denominado Repro-Chubut, que dará autorización automática a aquellos residentes y/o turistas que lo necesiten con fines terapéuticos.

“Surge como una respuesta a las demoras en la autorización por parte del gobierno Nacional, que han provocado interrupciones en los tratamientos de pacientes que lo necesitan para diversas patologías”.

Además de los aspectos regulatorios y de acceso al cannabis medicinal, el proyecto destaca la vinculación con la asociación “4 Almas”, miembros activos de la Federación de Clubes Cannábicos de Argentina (FECCA), lo que permitió un acercamiento estratégico a los legisladores para la creación de marcos regulatorios adecuados a la coyuntura actual.

Esta vinculación no solo busca mejorar el acceso a tratamientos para los pacientes, sino también impulsar el crecimiento de una industria emergente que podría diversificar la matriz productiva de la región y potenciar las exportaciones necesarias para el crecimiento económico regional.

La iniciativa, que ya fue ingresada formalmente a la Legislatura, espera contar con el apoyo necesario para ser aprobada y así dar un paso importante hacia el acompañamiento de pacientes que buscan en el cannabis medicinal una alternativa paliativa para mejorar su calidad de vida.

El proyecto de ley

El proyecto presentado por el diputado Gustavo Fita, señala que considera también la autorización para el cultivo para este fin. Indica que habilita a los ciudadanos de Chubut a tener una autorización provincial y así no interrumpir tratamientos por retrasos en la autorización de parte de Nación que hoy ocurren en el otorgamiento de los mismos.

Artículo 1°: el registro autoriza la inscripción de pacientes y familiares presentando las patologías incluidas en la reglamentación y/o prescripta por médicos con matrícula vigente. Serán usuarios de aceite de cannabis y otros derivados de la planta de cannabis, con resguardo de confidencialidad de datos personales.

Artículo 2°: Los ciudadanos residentes en Chubut, como también turistas que estén de paso, podrán inscribirse en Repro-Chubut, por sí mismos o representante a fin de conseguir autorización para el cultivo, acceder al cultivo por cultivador o por una organización.

Artículo 3°: Los datos tendrán carácter de declaración jurada, por lo que su falsedad o inexactitud dará lugar a la revocación inmediata de la autorización.

Artículo 4°: En requisito contar con indicación médica de los cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico.

Artíulo 5°: El certificado de autorización es prueba suficiente del cumplimiento de las condiciones establecidas en la ley por término de 1 año.

Artículo 6°: La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de Chubut.

13 AGO 2024 - 14:57

La Legislatura de Chubut se prepara para debatir un proyecto de ley que podría cambiar la vida de muchos pacientes. Se trata del proyecto Nº 176, presentado por el diputado provincial Gustavo Fita, del Bloque Arriba Chubut, que propone la creación de un registro provincial de usuarios y productores de cannabis, denominado Repro-Chubut, que dará autorización automática a aquellos residentes y/o turistas que lo necesiten con fines terapéuticos.

“Surge como una respuesta a las demoras en la autorización por parte del gobierno Nacional, que han provocado interrupciones en los tratamientos de pacientes que lo necesitan para diversas patologías”.

Además de los aspectos regulatorios y de acceso al cannabis medicinal, el proyecto destaca la vinculación con la asociación “4 Almas”, miembros activos de la Federación de Clubes Cannábicos de Argentina (FECCA), lo que permitió un acercamiento estratégico a los legisladores para la creación de marcos regulatorios adecuados a la coyuntura actual.

Esta vinculación no solo busca mejorar el acceso a tratamientos para los pacientes, sino también impulsar el crecimiento de una industria emergente que podría diversificar la matriz productiva de la región y potenciar las exportaciones necesarias para el crecimiento económico regional.

La iniciativa, que ya fue ingresada formalmente a la Legislatura, espera contar con el apoyo necesario para ser aprobada y así dar un paso importante hacia el acompañamiento de pacientes que buscan en el cannabis medicinal una alternativa paliativa para mejorar su calidad de vida.

El proyecto de ley

El proyecto presentado por el diputado Gustavo Fita, señala que considera también la autorización para el cultivo para este fin. Indica que habilita a los ciudadanos de Chubut a tener una autorización provincial y así no interrumpir tratamientos por retrasos en la autorización de parte de Nación que hoy ocurren en el otorgamiento de los mismos.

Artículo 1°: el registro autoriza la inscripción de pacientes y familiares presentando las patologías incluidas en la reglamentación y/o prescripta por médicos con matrícula vigente. Serán usuarios de aceite de cannabis y otros derivados de la planta de cannabis, con resguardo de confidencialidad de datos personales.

Artículo 2°: Los ciudadanos residentes en Chubut, como también turistas que estén de paso, podrán inscribirse en Repro-Chubut, por sí mismos o representante a fin de conseguir autorización para el cultivo, acceder al cultivo por cultivador o por una organización.

Artículo 3°: Los datos tendrán carácter de declaración jurada, por lo que su falsedad o inexactitud dará lugar a la revocación inmediata de la autorización.

Artículo 4°: En requisito contar con indicación médica de los cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico.

Artíulo 5°: El certificado de autorización es prueba suficiente del cumplimiento de las condiciones establecidas en la ley por término de 1 año.

Artículo 6°: La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de Chubut.


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