Las empresas incluidas en este proceso son Alicurá, Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Aguila, que están siendo operadas con prórrogas transitorias. Así lo estableció mediante el decreto 718/204 publicado hoy en el Boletín Oficial.
El artículo 6 indica que “dentro de los ciento ochenta (180) días corridos siguientes a la entrada en vigencia del presente la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía llamará a Concurso Público Nacional e Internacional, competitivo y expeditivo, con el fin de proceder a la venta del paquete accionario mayoritario o controlante” de las empresas indicadas.
La norma establece que las empresas ENARSA y NASA deberán transferirle a la Secretaría de Energía las acciones de las empresas a privatizar dentro de los próximos seis meses para formalziar el proceso.
Asimismo, se facultó a la Secretaría de Energía a fijar las pautas del Concurso Público Nacional e Internacional que deberá incluir el esquema de remuneración de los concesionarios durante el Período de Concesión y como mínimo los siguientes anexos:
(i) Contrato de Concesión, (ii) perímetro y descripción, (iii) inventario, (iv) seguridad de presas, embalses y obras auxiliares; (v) normas de manejo de aguas; (vi) guardias permanentes; (vii) protección del ambiente; (viii) seguros; (ix) obras y trabajos obligatorios.
En caso que el proceso de privatización quede desierto las acciones volverán al Estado nacional.
El artículo 1 del decreto también estableció que los actuales concesionarios de estas hidroeléctricas seguirán operándolas hasta que se complete el proceso de privatización.
Fuente: Agencia NA.
Las empresas incluidas en este proceso son Alicurá, Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Aguila, que están siendo operadas con prórrogas transitorias. Así lo estableció mediante el decreto 718/204 publicado hoy en el Boletín Oficial.
El artículo 6 indica que “dentro de los ciento ochenta (180) días corridos siguientes a la entrada en vigencia del presente la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía llamará a Concurso Público Nacional e Internacional, competitivo y expeditivo, con el fin de proceder a la venta del paquete accionario mayoritario o controlante” de las empresas indicadas.
La norma establece que las empresas ENARSA y NASA deberán transferirle a la Secretaría de Energía las acciones de las empresas a privatizar dentro de los próximos seis meses para formalziar el proceso.
Asimismo, se facultó a la Secretaría de Energía a fijar las pautas del Concurso Público Nacional e Internacional que deberá incluir el esquema de remuneración de los concesionarios durante el Período de Concesión y como mínimo los siguientes anexos:
(i) Contrato de Concesión, (ii) perímetro y descripción, (iii) inventario, (iv) seguridad de presas, embalses y obras auxiliares; (v) normas de manejo de aguas; (vi) guardias permanentes; (vii) protección del ambiente; (viii) seguros; (ix) obras y trabajos obligatorios.
En caso que el proceso de privatización quede desierto las acciones volverán al Estado nacional.
El artículo 1 del decreto también estableció que los actuales concesionarios de estas hidroeléctricas seguirán operándolas hasta que se complete el proceso de privatización.
Fuente: Agencia NA.