Comercio: no descontarán el día a los trabajadores que no pueden asistir

Desde el Centro de Empleados de Comercio informaron que los inconvenientes causados por las inclemencias climáticas justifican a los trabajadores que no puedan llegar a su lugar de trabajo.

19 JUN 2024 - 11:45 | Actualizado 19 JUN 2024 - 11:52

El Centro Empleados de Comercio de Comodoro Rivadavia y Santa Cruz comunicó a empleadores y personal afiliado que las inasistencias del personal producidas por situaciones que involucran a las precipitaciones, nevadas, intransitabilidad de los caminos; suspensión del transporte público o anegamientos de calles o viviendas; no serán susceptibles de descuentos de haberes ni afectarán el derecho de percibir la asignación complementaria (presentismo), regulada por el artículo 40 del Convenio Colectivo de Trabajo.

Vale destacar que la emergencia climática encuadra en casos de “Fuerza Mayor”, lo cual generó la suspensión de actividades sectores públicos y privados y que ante ésta situación de gravedad que afecta a la población en general se pone en conocimiento de los empleadores que no hayan suspendido actividades que no deben realizarle ningún descuento al trabajador que no pueda cumplir con sus funciones en este días miércoles 19 de junio.

19 JUN 2024 - 11:45

El Centro Empleados de Comercio de Comodoro Rivadavia y Santa Cruz comunicó a empleadores y personal afiliado que las inasistencias del personal producidas por situaciones que involucran a las precipitaciones, nevadas, intransitabilidad de los caminos; suspensión del transporte público o anegamientos de calles o viviendas; no serán susceptibles de descuentos de haberes ni afectarán el derecho de percibir la asignación complementaria (presentismo), regulada por el artículo 40 del Convenio Colectivo de Trabajo.

Vale destacar que la emergencia climática encuadra en casos de “Fuerza Mayor”, lo cual generó la suspensión de actividades sectores públicos y privados y que ante ésta situación de gravedad que afecta a la población en general se pone en conocimiento de los empleadores que no hayan suspendido actividades que no deben realizarle ningún descuento al trabajador que no pueda cumplir con sus funciones en este días miércoles 19 de junio.


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