Lo condenaron por golpear a su expareja y amenazarla de muerte

En varias ocasiones, el sujeto agredió a la víctima, vociferando insultos y amenazas luego de que el vínculo terminó. También golpeó a la pareja actual de ella y lo amenazó con matarlo.

04 JUN 2024 - 11:45 | Actualizado 04 JUN 2024 - 12:13

Este martes por la mañana, un hombre fue condenado en Trelew, en el marco de un juicio abreviado, por golpear a su expareja y amenazarla de muerte en varias ocasiones.

La audiencia se desarrolló con la procuradora de fiscalía, Guadalupe Serafini y el abogado, Joaquín González, en representación del Ministerio Público Fiscal. Ante el magistrado, Serafini informó que junto a la defensa habían arribado a un acuerdo para aplicar un juicio abreviado en la causa por violencia de género.

Luego, procedió a detallar cada hecho que se le imputa al hombre. El primero de ellos data del 4 de abril de 2023 cuando G.R.M. amedrentó a su expareja, con quien había mantenido una relación de nueve años, y le envió mensajes a la denunciante con amenazas de muerte. Asimismo, encontrándose la mujer en Córdoba recibió mensajes del mismo agresor donde decía que si no contestaba le quemaría la casa.

Es así que la víctima se comunicó con comisaría de la mujer adjuntando los mensajes amenazantes, generándose una medida de protección consistente en la prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto por 180 días, notificándose esto el 6 de abril de 2023 al imputado, quien se violentó y comenzó a vociferar insultos.

Aún con esta medida vigente, el 2 de mayo de 2023 irrumpió en el domicilio de la víctima, que se encontraba con su hijo y la novia de éste, por lo que debió llamar a la policía, recibiendo amenazas de muerte por parte del intruso que se retiró antes del arribo policial, quedando todo registrado en cámaras de seguridad.

Meses después, el 22 de agosto del mismo año, la mujer es abordada en la vía pública y agredida cuando subía a su auto, donde es zamarreada y recibe golpes en la cabeza con un teléfono, mientras la amenazaba diciéndole que no la iba a dejar en paz y la iba a matar.

Del mismo modo, el 27 de agosto acechó el domicilio de la víctima cerca de la 1:40 horas cuando se encontraba en su vehículo frente a la vivienda junto a su pareja actual. En un momento la víctima se baja del auto para buscar algo en el interior, aprovechando el imputado para agredir a la persona en el auto y le aplicó un golpe sobre el pómulo izquierdo, mientras lo amenazaba diciéndole que lo mataría.

Condena

Tras escuchar a la Fiscalía, el juez Marcos Nápoli emitió la resolución donde hace lugar a la petición de las partes y determinó condenar a G.R.M. a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, accesorias legales y costas, por los hechos cometidos calificados como constitutivos del delito de amenazas simples dos hechos, tres hechos de desobediencia y coacción en carácter de autor y en concurso real en el marco de la Ley 26.485 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género.

A eso le sumó lesiones leves y amenazas simples en carácter de autor y en concurso real, imponiendo reglas de conducta como la realización de taller TAVIRE en el plazo de seis meses, la prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio hacia las víctimas y su grupo familiar y lugares que frecuentan, no consumir estupefacientes ni ingerir bebidas alcohólicas, no cometer nuevos delitos y el mantenimiento de la tobillera electrónica cuya colocación fue dispuesta oportunamente por Juez de familia, durante el plazo de dos años, todo lo que deberá ser cumplido cabalmente bajo apercibimiento de revocársele la modalidad de la condena impuesta.

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04 JUN 2024 - 11:45

Este martes por la mañana, un hombre fue condenado en Trelew, en el marco de un juicio abreviado, por golpear a su expareja y amenazarla de muerte en varias ocasiones.

La audiencia se desarrolló con la procuradora de fiscalía, Guadalupe Serafini y el abogado, Joaquín González, en representación del Ministerio Público Fiscal. Ante el magistrado, Serafini informó que junto a la defensa habían arribado a un acuerdo para aplicar un juicio abreviado en la causa por violencia de género.

Luego, procedió a detallar cada hecho que se le imputa al hombre. El primero de ellos data del 4 de abril de 2023 cuando G.R.M. amedrentó a su expareja, con quien había mantenido una relación de nueve años, y le envió mensajes a la denunciante con amenazas de muerte. Asimismo, encontrándose la mujer en Córdoba recibió mensajes del mismo agresor donde decía que si no contestaba le quemaría la casa.

Es así que la víctima se comunicó con comisaría de la mujer adjuntando los mensajes amenazantes, generándose una medida de protección consistente en la prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto por 180 días, notificándose esto el 6 de abril de 2023 al imputado, quien se violentó y comenzó a vociferar insultos.

Aún con esta medida vigente, el 2 de mayo de 2023 irrumpió en el domicilio de la víctima, que se encontraba con su hijo y la novia de éste, por lo que debió llamar a la policía, recibiendo amenazas de muerte por parte del intruso que se retiró antes del arribo policial, quedando todo registrado en cámaras de seguridad.

Meses después, el 22 de agosto del mismo año, la mujer es abordada en la vía pública y agredida cuando subía a su auto, donde es zamarreada y recibe golpes en la cabeza con un teléfono, mientras la amenazaba diciéndole que no la iba a dejar en paz y la iba a matar.

Del mismo modo, el 27 de agosto acechó el domicilio de la víctima cerca de la 1:40 horas cuando se encontraba en su vehículo frente a la vivienda junto a su pareja actual. En un momento la víctima se baja del auto para buscar algo en el interior, aprovechando el imputado para agredir a la persona en el auto y le aplicó un golpe sobre el pómulo izquierdo, mientras lo amenazaba diciéndole que lo mataría.

Condena

Tras escuchar a la Fiscalía, el juez Marcos Nápoli emitió la resolución donde hace lugar a la petición de las partes y determinó condenar a G.R.M. a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, accesorias legales y costas, por los hechos cometidos calificados como constitutivos del delito de amenazas simples dos hechos, tres hechos de desobediencia y coacción en carácter de autor y en concurso real en el marco de la Ley 26.485 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género.

A eso le sumó lesiones leves y amenazas simples en carácter de autor y en concurso real, imponiendo reglas de conducta como la realización de taller TAVIRE en el plazo de seis meses, la prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio hacia las víctimas y su grupo familiar y lugares que frecuentan, no consumir estupefacientes ni ingerir bebidas alcohólicas, no cometer nuevos delitos y el mantenimiento de la tobillera electrónica cuya colocación fue dispuesta oportunamente por Juez de familia, durante el plazo de dos años, todo lo que deberá ser cumplido cabalmente bajo apercibimiento de revocársele la modalidad de la condena impuesta.


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