Preventiva para el hombre investigado por agresiones a su expareja

Se trata del sujeto acusado de varios hechos de violencia de género haca la mujer, a la que agredió física y verbalmente.

16 MAY 2024 - 10:27 | Actualizado 16 MAY 2024 - 11:26

Este jueves, en el marco de una audiencia de control de detención desarrollada en Trelew, se dictaminó la prisión preventiva contra un hombre imputado por varios hechos graves de violencia de género contra su expareja, madre de sus hijas.

Ante el magistrado, la procuradora de Fiscalía, Guadalupe Serafini, representando al Ministerio Público Fiscal, presentó la acusación detallando los cuatro hechos que se le imputan al detenido, cometidos luego de haber sido notificado de una prohibición de acercamiento y contando con una orden de aprehensión desde el 12 de abril pasado.

Durante el desarrollo de la audiencia, llevada adelante en sala de oficina judicial situada en tercer piso de los tribunales en Trelew, la procuradora relató los hechos, el primero de ellos ocurrido el 28 de noviembre de 2023 cuando el imputado es excluido del hogar y notificado de prohibición de acercamiento por un plazo de 180 días.

Efectuado este procedimiento y restituyendo a la mujer junto a sus hijas, volvió y le exhibió un arma a la víctima para que se baje del vehículo, logrando amedrentarla al sentir que su vida estaba en peligro. En ese momento, la perjudicada se encontraba acompañada por su madre.

Posteriormente, un domingo 31 de marzo de 2024, el agresor volvió al domicilio con la excusa de llevarle huevos de pascua a sus hijas, y luego de romper una ventana y abrir la puerta de acceso, ingresó y le asestó un cabezazo y una piña en el ojo a la mujer. Luego comienza a revisar toda la casa, mientras le recriminaba que “ella andaba con alguien”.

Ante la súplica de la víctima para que se vaya, la toma de los brazos y le pega patadas y piñas en las piernas,después tomó el celular de la madre y lo tiró contra la pared. Antes de irse, y cuando la mujer no había alcanzado a cerrar el portón, volvió a ingresar y le pegó un golpe de puño en el brazo.

La fiscalía investiga también el hecho ocurrido el 10 de abril de 2024 aproximadamente a las 12:20 horas cuando el imputado, notificado siempre de la orden de prohibición de acercamiento, desobedeció ésta y se apersonó nuevamente en el domicilio golpeando la ventana y pidiendo ver sus hijas. Ante el pedido para que se retire, finalmente accedió y se fue del lugar.

Sin embargo, al día siguiente cerca de las 12 y en circunstancias que la mujer se dirigía hacia su domicilio tras buscar a sus hijas en la escuela, la interceptó y la agredió verbal y físicamente. Luego de radicada la nueva denuncia es que se dicta su orden de detención el 12 de abril, pudiendo ser detenido en las últimas horas para ser sometido a la audiencia de control respectiva, constatándose que además llevaba una tobillera electrónica.

La calificación legal para el imputado, que en la ocasión fue defendido por Abdón Manyauik, es para el primer hecho como amenazas agravadas por el uso de arma de fuego en concurso real con desobediencia a la autoridad, artículos 149 bis, 239, 45 y 55 del código penal, en el marco de la Ley Nacional 26485 y bloque constitucional en la materia.

El segundo hecho fue tipificado como lesiones leves agravadas por mediar violencia de género y por la relación de pareja en carácter de autor, en concurso real con el delito de daños y desobediencia a la autoridad, en contexto de violencia de género, artículos 89, 92 con remisión al 80 inciso 1 y 11, 183, 239, 45 y 55 del código penal, en el marco de la Ley Nacional 26485.

Para el tercer hecho se califican los delitos de desobediencia a la autoridad en contexto de violencia de género, artículos 239, 45 y 55 del código penal y en el marco de la Ley Nacional 26485, mientras que para el último de los hechos relatados se tipifica el delito de desobediencia a la autoridad en contexto de violencia de género, artículos 239, 45 y 55 del código penal en el marco de la Ley 26485.

En su resolución, el Juez Marcos Nápoli remarcó el trabajo efectuado por el Ministerio Público Fiscal y tuvo en cuenta los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento, para determinar que, debido a la gravedad y reiteración de los hechos, el imputado deberá cumplir prisión preventiva por el término de tres meses, lapso en el cuál será revisada su situación de acuerdo al avance de la investigación, autorizando la apertura de la misma por el plazo legal de seis meses.

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16 MAY 2024 - 10:27

Este jueves, en el marco de una audiencia de control de detención desarrollada en Trelew, se dictaminó la prisión preventiva contra un hombre imputado por varios hechos graves de violencia de género contra su expareja, madre de sus hijas.

Ante el magistrado, la procuradora de Fiscalía, Guadalupe Serafini, representando al Ministerio Público Fiscal, presentó la acusación detallando los cuatro hechos que se le imputan al detenido, cometidos luego de haber sido notificado de una prohibición de acercamiento y contando con una orden de aprehensión desde el 12 de abril pasado.

Durante el desarrollo de la audiencia, llevada adelante en sala de oficina judicial situada en tercer piso de los tribunales en Trelew, la procuradora relató los hechos, el primero de ellos ocurrido el 28 de noviembre de 2023 cuando el imputado es excluido del hogar y notificado de prohibición de acercamiento por un plazo de 180 días.

Efectuado este procedimiento y restituyendo a la mujer junto a sus hijas, volvió y le exhibió un arma a la víctima para que se baje del vehículo, logrando amedrentarla al sentir que su vida estaba en peligro. En ese momento, la perjudicada se encontraba acompañada por su madre.

Posteriormente, un domingo 31 de marzo de 2024, el agresor volvió al domicilio con la excusa de llevarle huevos de pascua a sus hijas, y luego de romper una ventana y abrir la puerta de acceso, ingresó y le asestó un cabezazo y una piña en el ojo a la mujer. Luego comienza a revisar toda la casa, mientras le recriminaba que “ella andaba con alguien”.

Ante la súplica de la víctima para que se vaya, la toma de los brazos y le pega patadas y piñas en las piernas,después tomó el celular de la madre y lo tiró contra la pared. Antes de irse, y cuando la mujer no había alcanzado a cerrar el portón, volvió a ingresar y le pegó un golpe de puño en el brazo.

La fiscalía investiga también el hecho ocurrido el 10 de abril de 2024 aproximadamente a las 12:20 horas cuando el imputado, notificado siempre de la orden de prohibición de acercamiento, desobedeció ésta y se apersonó nuevamente en el domicilio golpeando la ventana y pidiendo ver sus hijas. Ante el pedido para que se retire, finalmente accedió y se fue del lugar.

Sin embargo, al día siguiente cerca de las 12 y en circunstancias que la mujer se dirigía hacia su domicilio tras buscar a sus hijas en la escuela, la interceptó y la agredió verbal y físicamente. Luego de radicada la nueva denuncia es que se dicta su orden de detención el 12 de abril, pudiendo ser detenido en las últimas horas para ser sometido a la audiencia de control respectiva, constatándose que además llevaba una tobillera electrónica.

La calificación legal para el imputado, que en la ocasión fue defendido por Abdón Manyauik, es para el primer hecho como amenazas agravadas por el uso de arma de fuego en concurso real con desobediencia a la autoridad, artículos 149 bis, 239, 45 y 55 del código penal, en el marco de la Ley Nacional 26485 y bloque constitucional en la materia.

El segundo hecho fue tipificado como lesiones leves agravadas por mediar violencia de género y por la relación de pareja en carácter de autor, en concurso real con el delito de daños y desobediencia a la autoridad, en contexto de violencia de género, artículos 89, 92 con remisión al 80 inciso 1 y 11, 183, 239, 45 y 55 del código penal, en el marco de la Ley Nacional 26485.

Para el tercer hecho se califican los delitos de desobediencia a la autoridad en contexto de violencia de género, artículos 239, 45 y 55 del código penal y en el marco de la Ley Nacional 26485, mientras que para el último de los hechos relatados se tipifica el delito de desobediencia a la autoridad en contexto de violencia de género, artículos 239, 45 y 55 del código penal en el marco de la Ley 26485.

En su resolución, el Juez Marcos Nápoli remarcó el trabajo efectuado por el Ministerio Público Fiscal y tuvo en cuenta los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento, para determinar que, debido a la gravedad y reiteración de los hechos, el imputado deberá cumplir prisión preventiva por el término de tres meses, lapso en el cuál será revisada su situación de acuerdo al avance de la investigación, autorizando la apertura de la misma por el plazo legal de seis meses.


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