Rawson: rigen multas de hasta $14 millones por quemar cubiertas

La ordenanza fue promulgada por el Ejecutivo municipal y entró en vigencia. La prohibición alcanza la quema en espacios públicos o de particulares en manifestaciones o protestas

12 MAR 2024 - 18:51 | Actualizado 12 MAR 2024 - 19:08

El Poder Ejecutivo Municipal de Rawson promulgó la ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante el 6 de marzo con el voto unánime de los ediles, en base a la iniciativa impulsada por el concejal Juan Flores Revillot (JxC).

La norma, que ya entró en vigencia, establece la prohibición “en el ejido de la Municipalidad de Rawson de la quema de cubiertas o cualquier elemento de material inflamable. La prohibición alcanza la quema realizada en espacios públicos o privados en el marco de manifestaciones o protestas espontáneas u organizadas”.

La ordenanza establece el régimen de multas que alcanzará a quien viole dicha normativa para lo cual advierte la existencia de dos tipos de actores: particulares y personas jurídicas u organizaciones.

Para los particulares, la primera multa se establece entre 500 a 1000 unidades fijas, que se cotizan al precio de un litro de nafta súper de estación de bandera nacional (YPF). Para personas jurídicas u organizaciones el valor de la multa se eleva de 5000 a 10.000 unidades fijas.

Esta prevista la figura de la reincidencia - dentro del plazo de los tres años-, donde para particulares se incrementa de 1000 a 2000 UF y de 10 mil a 20 mil UF.

Haciendo el cálculo, tomando como base el precio actual de la nafta súper $ 702 la multa por 500 unidades fijas tendría un costo aproximado de $351 mil en el caso de particulares o $ 702 mil si se aplica el valor máximo de 1000 unidades fijas. Y de tratarse de una reincidencia los valores varían de $ 702.000 hasta alcanzar a $ 1.040.000

Si son personas jurídicas y organizaciones el valor de la multa por primera vez va de 5.000 unidades a 10.000 lo que significa, entre $ 3.510.000 a $ 7.020.000, y en caso de reincidencia estos valores ascenderán de $ 7.020.000 a $14.040.000

La autoridad de aplicación será “la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de Rawson o quien en su futuro la reemplace será la autoridad de aplicación de la norma que tendrá la facultad de actuar de oficio, controlar, prevenir, labrar actas de infracción y aplicar las sanciones previstas precedentemente, así como también podrá solicitar la colaboración del Cuerpo de Bomberos de la ciudad”.

12 MAR 2024 - 18:51

El Poder Ejecutivo Municipal de Rawson promulgó la ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante el 6 de marzo con el voto unánime de los ediles, en base a la iniciativa impulsada por el concejal Juan Flores Revillot (JxC).

La norma, que ya entró en vigencia, establece la prohibición “en el ejido de la Municipalidad de Rawson de la quema de cubiertas o cualquier elemento de material inflamable. La prohibición alcanza la quema realizada en espacios públicos o privados en el marco de manifestaciones o protestas espontáneas u organizadas”.

La ordenanza establece el régimen de multas que alcanzará a quien viole dicha normativa para lo cual advierte la existencia de dos tipos de actores: particulares y personas jurídicas u organizaciones.

Para los particulares, la primera multa se establece entre 500 a 1000 unidades fijas, que se cotizan al precio de un litro de nafta súper de estación de bandera nacional (YPF). Para personas jurídicas u organizaciones el valor de la multa se eleva de 5000 a 10.000 unidades fijas.

Esta prevista la figura de la reincidencia - dentro del plazo de los tres años-, donde para particulares se incrementa de 1000 a 2000 UF y de 10 mil a 20 mil UF.

Haciendo el cálculo, tomando como base el precio actual de la nafta súper $ 702 la multa por 500 unidades fijas tendría un costo aproximado de $351 mil en el caso de particulares o $ 702 mil si se aplica el valor máximo de 1000 unidades fijas. Y de tratarse de una reincidencia los valores varían de $ 702.000 hasta alcanzar a $ 1.040.000

Si son personas jurídicas y organizaciones el valor de la multa por primera vez va de 5.000 unidades a 10.000 lo que significa, entre $ 3.510.000 a $ 7.020.000, y en caso de reincidencia estos valores ascenderán de $ 7.020.000 a $14.040.000

La autoridad de aplicación será “la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de Rawson o quien en su futuro la reemplace será la autoridad de aplicación de la norma que tendrá la facultad de actuar de oficio, controlar, prevenir, labrar actas de infracción y aplicar las sanciones previstas precedentemente, así como también podrá solicitar la colaboración del Cuerpo de Bomberos de la ciudad”.