Crimen de Soledad: hallaron responsable a su expareja

Se trata de Gustavo Servera, que el 5 de febrero de 2018 ahorcó y quemó a Soledad Arrieta en el marco de un contexto de violencia de género. El 18 se conocerá la condena.

Los magistrados dictaminaron que Gustavo Servera es el culpable.
08 SEP 2019 - 20:50 | Actualizado

Un tribunal conformado por los jueces Martín Cosmaro, Mariel Suárez y Jorge Novarino, resolvió por unanimidad declarar a Gustavo Servera autor penalmente responsable del delito de “homicidio doblemente agravado, por haber sido cometido contra el cónyuge, y por haber sido cometido contra una mujer siendo perpetrado por un hombre, mediando violencia de género”, en el caso que se le imputaba relacionado a la muerte de su expareja, Soledad Arrieta, sucedida el 5 de febrero de 2018 en Comodoro Rivadavia. El próximo 18 del presente mes, a las 9 se realizará la audiencia de imposición de pena.

Los magistrados -en su parte resolutiva del fallo- consideraron probado en el debate tanto la materialidad del hecho como la autoría en cabeza de Servera. La materialidad por la autopsia realizada al cuerpo de Arrieta y el certificado de defunción. La autoría de Servera en el mismo por el análisis en conjunto de toda la prueba rendida en juicio.

La presencia de Servera dentro del quincho también quedó acreditara por indicios como las presencia de sus huellas en la lata de Thiner y su ADN en la colilla de un cigarrillo.

Respecto del móvil la relación de pareja entre Servera y Arrieta había terminado, el imputado sospechaba de la relación sentimental de la víctima con otra persona y que iba a poner fin a esta en lo inmediato.

La noche del hecho Servera sabía que Arrieta estaba sola en el quincho y que sus hijos estaban en la plaza. Así Servera fue quién ingresó al quincho, atacó y estranguló a Arrieta, la puso sobre la cama, la roció con thiner y la prendió fuego. Luego vuelve a la plaza y al regresar con sus hijos a la casa simula una situación de robo, indicó una gacetilla oficial de la Fiscalía.

Los jueces también se refirieron a que de acuerdo con la pericia psiquiátrica Servera comprende la criminalidad de sus actos y que no hay elementos para sospechar que posee una enfermedad mental. Asimismo dieron por probado la relación de pareja existente entre ambos y la violencia de género ejercido contra la víctima.

El femicidio

El femicidio aconteció el pasado 5 de febrero de 2018, en el horario comprendido aproximadamente entre las 1.30 y las 02.02, cuando María Soledad Arrieta se encontraba en el inmueble ubicado en la parte posterior del predio sito en calle Juan Manuel de Rosas al 3600, del Barrio Abel Amaya de Comodoro Rivadavia.

En tales circunstancias, se hizo presente su esposo, Gustavo Servera, quien reside en el inmueble ubicado en la parte delantera del predio, ingresó a la vivienda donde se encontraba Arrieta, y mediante golpes y utilizando un lazo metálico que colocó alrededor del cuello de Arrieta, ejerció presión y la redujo.

La condujo al dormitorio del inmueble, donde la roció con un líquido inflamable y la prendió fuego, tras lo cual se retiró del lugar, provocando así la muerte de Arrieta por quemadura extensa y de vías aéreas.

El ataque reseñado se produjo como conclusión de una relación signada por violencia de género, en la que Arrieta se encontraba en una situación de subordinación y sometimiento hacia Servera, basada en una relación desigual de poder.#

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Los magistrados dictaminaron que Gustavo Servera es el culpable.
08 SEP 2019 - 20:50

Un tribunal conformado por los jueces Martín Cosmaro, Mariel Suárez y Jorge Novarino, resolvió por unanimidad declarar a Gustavo Servera autor penalmente responsable del delito de “homicidio doblemente agravado, por haber sido cometido contra el cónyuge, y por haber sido cometido contra una mujer siendo perpetrado por un hombre, mediando violencia de género”, en el caso que se le imputaba relacionado a la muerte de su expareja, Soledad Arrieta, sucedida el 5 de febrero de 2018 en Comodoro Rivadavia. El próximo 18 del presente mes, a las 9 se realizará la audiencia de imposición de pena.

Los magistrados -en su parte resolutiva del fallo- consideraron probado en el debate tanto la materialidad del hecho como la autoría en cabeza de Servera. La materialidad por la autopsia realizada al cuerpo de Arrieta y el certificado de defunción. La autoría de Servera en el mismo por el análisis en conjunto de toda la prueba rendida en juicio.

La presencia de Servera dentro del quincho también quedó acreditara por indicios como las presencia de sus huellas en la lata de Thiner y su ADN en la colilla de un cigarrillo.

Respecto del móvil la relación de pareja entre Servera y Arrieta había terminado, el imputado sospechaba de la relación sentimental de la víctima con otra persona y que iba a poner fin a esta en lo inmediato.

La noche del hecho Servera sabía que Arrieta estaba sola en el quincho y que sus hijos estaban en la plaza. Así Servera fue quién ingresó al quincho, atacó y estranguló a Arrieta, la puso sobre la cama, la roció con thiner y la prendió fuego. Luego vuelve a la plaza y al regresar con sus hijos a la casa simula una situación de robo, indicó una gacetilla oficial de la Fiscalía.

Los jueces también se refirieron a que de acuerdo con la pericia psiquiátrica Servera comprende la criminalidad de sus actos y que no hay elementos para sospechar que posee una enfermedad mental. Asimismo dieron por probado la relación de pareja existente entre ambos y la violencia de género ejercido contra la víctima.

El femicidio

El femicidio aconteció el pasado 5 de febrero de 2018, en el horario comprendido aproximadamente entre las 1.30 y las 02.02, cuando María Soledad Arrieta se encontraba en el inmueble ubicado en la parte posterior del predio sito en calle Juan Manuel de Rosas al 3600, del Barrio Abel Amaya de Comodoro Rivadavia.

En tales circunstancias, se hizo presente su esposo, Gustavo Servera, quien reside en el inmueble ubicado en la parte delantera del predio, ingresó a la vivienda donde se encontraba Arrieta, y mediante golpes y utilizando un lazo metálico que colocó alrededor del cuello de Arrieta, ejerció presión y la redujo.

La condujo al dormitorio del inmueble, donde la roció con un líquido inflamable y la prendió fuego, tras lo cual se retiró del lugar, provocando así la muerte de Arrieta por quemadura extensa y de vías aéreas.

El ataque reseñado se produjo como conclusión de una relación signada por violencia de género, en la que Arrieta se encontraba en una situación de subordinación y sometimiento hacia Servera, basada en una relación desigual de poder.#


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