Quiso matar en una salida transitoria de la cárcel

Un individuo que gozaba de salidas transitorias de la Unidad 14 de Esquel fue hallado responsable de una tentativa de homicidio agravado por el uso de arma y portación de arma de fuego agravada por contar con antecedentes penales.

05 NOV 2015 - 23:07 | Actualizado

El hecho lo cometió mientras cumplía la última etapa de una pena por homicidio. El viernes 13 se realizará el debate por la pena.

El Tribunal presidido por el juez Martín Zacchino e integrado con los jueces Ricardo Rolón y Jorge Criado, dio a conocer el veredicto de responsabilidad de Andrés Esteban Díaz por los delitos que había acusado la fiscal María Bottini.

La fiscal en su alegato de cierre realizó un repaso por la prueba producida, concluyendo que había logrado acreditar el caso que anunció al comienzo del juicio. Probar lo sucedido no fue fácil. La víctima evidentemente declaró con miedo, aunque lo negó frente al Tribunal. Bottini entendió que su temor es evidente ya que dijo no recordar lo que había sucedido el 20 de julio de 2014 a las 9 de la mañana en un supermercado de la ciudad. Cuando la fiscal le pidió que lea la denuncia, dijo que no podía leerla. Sin embargo el resto de la prueba cubrió la falta de esta declaración testimonial permitiendo a los jueces alcanzar el grado de certeza necesario para fundar una sentencia condenatoria.

La defensora particular Ester Cárdenas había alegado pidiendo la absolución de Díaz por ambos delitos por los que fue llevado a juicio. A su criterio el caso de la acusación no podía sostenerse. Cárdenas negaba que el arma hubiera estado en poder de su defendido, que éste la hubiera usado y más aún, que en caso de usarla, su intención hubiera sido la de causar la muerte del damnificado. Es dable decir que el análisis completo de la prueba por parte del Tribunal recién se sabrá con la sentencia completa.

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05 NOV 2015 - 23:07

El hecho lo cometió mientras cumplía la última etapa de una pena por homicidio. El viernes 13 se realizará el debate por la pena.

El Tribunal presidido por el juez Martín Zacchino e integrado con los jueces Ricardo Rolón y Jorge Criado, dio a conocer el veredicto de responsabilidad de Andrés Esteban Díaz por los delitos que había acusado la fiscal María Bottini.

La fiscal en su alegato de cierre realizó un repaso por la prueba producida, concluyendo que había logrado acreditar el caso que anunció al comienzo del juicio. Probar lo sucedido no fue fácil. La víctima evidentemente declaró con miedo, aunque lo negó frente al Tribunal. Bottini entendió que su temor es evidente ya que dijo no recordar lo que había sucedido el 20 de julio de 2014 a las 9 de la mañana en un supermercado de la ciudad. Cuando la fiscal le pidió que lea la denuncia, dijo que no podía leerla. Sin embargo el resto de la prueba cubrió la falta de esta declaración testimonial permitiendo a los jueces alcanzar el grado de certeza necesario para fundar una sentencia condenatoria.

La defensora particular Ester Cárdenas había alegado pidiendo la absolución de Díaz por ambos delitos por los que fue llevado a juicio. A su criterio el caso de la acusación no podía sostenerse. Cárdenas negaba que el arma hubiera estado en poder de su defendido, que éste la hubiera usado y más aún, que en caso de usarla, su intención hubiera sido la de causar la muerte del damnificado. Es dable decir que el análisis completo de la prueba por parte del Tribunal recién se sabrá con la sentencia completa.