El Ministerio Público Fiscal de Rawson no sólo desestimó la denuncia del exsecretario de Infraestructura Nicolás Cittadini contra un empresario local sino que le llamó la atención acerca de llevar a tribunales una diferencia entre partes que bien se pudo resolver aplicando la Ley de Obra Pública vigente o recurriendo al fuero civil.
El funcionario provincial había acusado a Gabriel Caneo de guardarse y no querer entregar las piezas para que se puedan instalar calderas escolares en Trelew, para usarlas como garantía de pago de una deuda del Estado con él. Le imputó defraudación por retención indebida.
Sin embargo, con la firma del procurador de Fiscalía Juan Cheuqueman, la denuncia fue desestimada. Según el texto, “de la documentación obrante se desprende que existe un contrato efectuado entre las partes y por ello debe aplicarse lo establecido en la Ley I Nº 11, siendo el fuero penal de última ratio”. En este sentido, los investigadores no hallaron evidencias que pudieron indicar la existencia de algún delito.
En medios locales, Caneo ya anticipó que demandará al actual subsecretario de Energías Renovables por perjudicarlo en su actividad con la firma Fior Can SRL. Y recordó que los elementos que le reclamaban siempre estuvieron a disposición y nadie los buscó.
El Ministerio Público Fiscal de Rawson no sólo desestimó la denuncia del exsecretario de Infraestructura Nicolás Cittadini contra un empresario local sino que le llamó la atención acerca de llevar a tribunales una diferencia entre partes que bien se pudo resolver aplicando la Ley de Obra Pública vigente o recurriendo al fuero civil.
El funcionario provincial había acusado a Gabriel Caneo de guardarse y no querer entregar las piezas para que se puedan instalar calderas escolares en Trelew, para usarlas como garantía de pago de una deuda del Estado con él. Le imputó defraudación por retención indebida.
Sin embargo, con la firma del procurador de Fiscalía Juan Cheuqueman, la denuncia fue desestimada. Según el texto, “de la documentación obrante se desprende que existe un contrato efectuado entre las partes y por ello debe aplicarse lo establecido en la Ley I Nº 11, siendo el fuero penal de última ratio”. En este sentido, los investigadores no hallaron evidencias que pudieron indicar la existencia de algún delito.
En medios locales, Caneo ya anticipó que demandará al actual subsecretario de Energías Renovables por perjudicarlo en su actividad con la firma Fior Can SRL. Y recordó que los elementos que le reclamaban siempre estuvieron a disposición y nadie los buscó.