“La Ley 26485 (de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres) ha marcado un hito en nuestro Derecho argentino. Como así también los 30 años de la Convención Internacional conocida como Belém Do Pará”, deslizó Daniel Manse, juez de Familia quien junto a su colega del fuero penal, la jueza Marcela Pérez Bogado encabezaron una jornada de reflexión por haberse cumplido este 2024, 15 años de la sanción de dicha legislación argentina. Advirtió que más allá del adverso escenario respecto al género en el país, las normativas siguen vigentes y se le pide a las mujeres víctimas, que no dejen de denunciar agresiones en comisarías, fiscalías o juzgados.
La puesta en vigencia de la ley permitió visibilizar los distintos tipos que cobra la violencia del hombre hacia la mujer y las modalidades en las que suceden y especifica los tipos: física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, simbólica y las modalidades: doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática. Incluyéndose en los últimos meses la “digital” citando para ello, la Ley Olimpia.
La aprobación de la ley 26385 significó un avance en la concepción y orientación para el abordaje integral y la lucha contra la violencia, ya que propone superar la mirada asentada en el abordaje, concepción que le quita relevancia a la desigualdad entre los géneros como causante de discriminación y violencia.
La normativa consta de 45 artículos. Garantiza el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia, y promueve el desarrollo de políticas de carácter institucional.
Modificaciones
El 5 de julio de 2011, en vista de la ley 26485, se sanciona el Decreto 936/2011, el cual promueve la erradicación de la difusión de mensajes e imágenes qué estimule y/o fomenten la explotación sexual, prohíbe toda difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o de sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres.
En tanto, en abril de 2019, se incorpora la figura de acoso callejero, como modalidad de violencia de género, modificando los artículos 6, 9 y 11.
Trabajo en conjunto
En una entrevista con Jornada el juez Daniel Manse se refirió a la jornada realizada en Trelew, organizada por la comisión de Género del Colegio Público de Abogados. “Se encuadró dentro de la reflexión por la ley 26485 con un componente por demás interesante que es la conjunción del trabajo desde el área penal con la presencia de la jueza Marcela Perez Bogado y yo, por supuesto, desde Familia”, remarcó.
Belém Do Pará
El propósito del encuentro que fue multitudinario en la ciudad, fue -según Manse- “analizar los alcances y la proyección de Ley. Además de remarcar los 15 años de la Ley que ha significado un hito en nuestro Derecho argentino, hicimos referencia a los 30 años de la Convención Internacional para prevenir y sancionar la Violencia de Género conocida como Belém Do Pará. Realizamos un encuentro con el público en general y Comisarías de la mujer. Hubo muchos colegas interesados”, refirió al hacer mención al resultado de la actividad realizada.
Manse fue preciso respecto a la aplicación de esta normativa. “A nivel jurisprudencial, está en plena vigencia esta Ley como las provinciales: se aplican. En lo que hace en la actividad judicial no se vio afectada”, dijo al enmarcarse en el adverso escenario que se vive en el país ante un gobierno que tomó varias decisiones desfavorables para las políticas de género, incluso, prohibió la “perspectiva” en el área administrativo del Poder Ejecutivo.
El magistrado reveló que en encuentros como el que se realizó en Trelew, “comenzamos señalando cómo se procede desde el primer momento de la denuncia. Cómo se interviene y cómo a partir de la misma, se trabaja en el fuero de familia y penal. Desde el principio, se enmarca la violencia familiar. Se busca un fuero judicial reparador y no represivo. Muchas veces hay violencia contra las mujeres y ahí si, configura un tipo de delito que entra el fuero penal”.
Admitió el juez que se analizaron las estadísticas de este año en torno a las denuncias radicadas en la provincia. Dan cuenta que ascendieron en el primer semestre. No obstante, la lupa fue puesta por los letrados en que “en la mayoría de los casos estaba presente la amenaza y desobediencia a la autoridad. Además de eso, la violencia psicología que está por encima de eso. Se toma una medida molde como prohibición de acercamiento y exclusiones. Para luego, en un expediente, con pruebas necesarias, se pueda determinar qué tipo de violencia estamos trabajando”, reveló.
Hacer la denuncia
Claro en sus conceptos, el juez de Familia volvió a insistir en la importancia que la agresión, la violencia salga del ámbito privado y la mujer se anime a denunciar. “La denuncia es fundamental. Tienen que saber que pueden ir a al Comisaria de la mujer, Fiscalía (con patrocinio de un letrado o no y en el Juzgado también). Es el puntapié inicial que nos da la posibilidad de que conocer lo que está pasando en el ámbito privado. Y cuando se conoce; se debe dar una respuesta rápida y eficaz”, indicó.
Para finalizar Manse ratificó que “la aplicación en el Derecho es transversal de la perspectiva de género. No solamente por el juez de familia sino penal, civil y todas las ramas. Es obligatoria su aplicación”, concluyó.
“La Ley 26485 (de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres) ha marcado un hito en nuestro Derecho argentino. Como así también los 30 años de la Convención Internacional conocida como Belém Do Pará”, deslizó Daniel Manse, juez de Familia quien junto a su colega del fuero penal, la jueza Marcela Pérez Bogado encabezaron una jornada de reflexión por haberse cumplido este 2024, 15 años de la sanción de dicha legislación argentina. Advirtió que más allá del adverso escenario respecto al género en el país, las normativas siguen vigentes y se le pide a las mujeres víctimas, que no dejen de denunciar agresiones en comisarías, fiscalías o juzgados.
La puesta en vigencia de la ley permitió visibilizar los distintos tipos que cobra la violencia del hombre hacia la mujer y las modalidades en las que suceden y especifica los tipos: física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, simbólica y las modalidades: doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática. Incluyéndose en los últimos meses la “digital” citando para ello, la Ley Olimpia.
La aprobación de la ley 26385 significó un avance en la concepción y orientación para el abordaje integral y la lucha contra la violencia, ya que propone superar la mirada asentada en el abordaje, concepción que le quita relevancia a la desigualdad entre los géneros como causante de discriminación y violencia.
La normativa consta de 45 artículos. Garantiza el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia, y promueve el desarrollo de políticas de carácter institucional.
Modificaciones
El 5 de julio de 2011, en vista de la ley 26485, se sanciona el Decreto 936/2011, el cual promueve la erradicación de la difusión de mensajes e imágenes qué estimule y/o fomenten la explotación sexual, prohíbe toda difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o de sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres.
En tanto, en abril de 2019, se incorpora la figura de acoso callejero, como modalidad de violencia de género, modificando los artículos 6, 9 y 11.
Trabajo en conjunto
En una entrevista con Jornada el juez Daniel Manse se refirió a la jornada realizada en Trelew, organizada por la comisión de Género del Colegio Público de Abogados. “Se encuadró dentro de la reflexión por la ley 26485 con un componente por demás interesante que es la conjunción del trabajo desde el área penal con la presencia de la jueza Marcela Perez Bogado y yo, por supuesto, desde Familia”, remarcó.
Belém Do Pará
El propósito del encuentro que fue multitudinario en la ciudad, fue -según Manse- “analizar los alcances y la proyección de Ley. Además de remarcar los 15 años de la Ley que ha significado un hito en nuestro Derecho argentino, hicimos referencia a los 30 años de la Convención Internacional para prevenir y sancionar la Violencia de Género conocida como Belém Do Pará. Realizamos un encuentro con el público en general y Comisarías de la mujer. Hubo muchos colegas interesados”, refirió al hacer mención al resultado de la actividad realizada.
Manse fue preciso respecto a la aplicación de esta normativa. “A nivel jurisprudencial, está en plena vigencia esta Ley como las provinciales: se aplican. En lo que hace en la actividad judicial no se vio afectada”, dijo al enmarcarse en el adverso escenario que se vive en el país ante un gobierno que tomó varias decisiones desfavorables para las políticas de género, incluso, prohibió la “perspectiva” en el área administrativo del Poder Ejecutivo.
El magistrado reveló que en encuentros como el que se realizó en Trelew, “comenzamos señalando cómo se procede desde el primer momento de la denuncia. Cómo se interviene y cómo a partir de la misma, se trabaja en el fuero de familia y penal. Desde el principio, se enmarca la violencia familiar. Se busca un fuero judicial reparador y no represivo. Muchas veces hay violencia contra las mujeres y ahí si, configura un tipo de delito que entra el fuero penal”.
Admitió el juez que se analizaron las estadísticas de este año en torno a las denuncias radicadas en la provincia. Dan cuenta que ascendieron en el primer semestre. No obstante, la lupa fue puesta por los letrados en que “en la mayoría de los casos estaba presente la amenaza y desobediencia a la autoridad. Además de eso, la violencia psicología que está por encima de eso. Se toma una medida molde como prohibición de acercamiento y exclusiones. Para luego, en un expediente, con pruebas necesarias, se pueda determinar qué tipo de violencia estamos trabajando”, reveló.
Hacer la denuncia
Claro en sus conceptos, el juez de Familia volvió a insistir en la importancia que la agresión, la violencia salga del ámbito privado y la mujer se anime a denunciar. “La denuncia es fundamental. Tienen que saber que pueden ir a al Comisaria de la mujer, Fiscalía (con patrocinio de un letrado o no y en el Juzgado también). Es el puntapié inicial que nos da la posibilidad de que conocer lo que está pasando en el ámbito privado. Y cuando se conoce; se debe dar una respuesta rápida y eficaz”, indicó.
Para finalizar Manse ratificó que “la aplicación en el Derecho es transversal de la perspectiva de género. No solamente por el juez de familia sino penal, civil y todas las ramas. Es obligatoria su aplicación”, concluyó.