Presentaron un recurso de amparo por el cierre de Bahía Cracker

La elevaron tres entidades relacionadas a pescadores artesanales, deportivos y de buceo y entretenimiento.

El cierre de Bahía Cracker generó polémica y un recurso de amparo.
01 JUL 2024 - 20:36 | Actualizado 01 JUL 2024 - 21:04

Presidentes de los clubes de Pesca de Trelew y Puerto Madryn, elevaron, a la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de la jurisdicción de Trelew, un recurso de amparo para que se proceda a la apertura de la Playa de Bahía Cracker tras una decisión de la secretaría de Pesca de la provincia, prohibiendo su ingreso.

Quienes solicitaron esa medida fueron Daniel Hughes, Emanuel Delgado y Sandro Espiasse, titulares de los club de Pesca,Náutica y Caza Submarina de Trelew, de la Asociación de Pescadores Artesanales y del Club de Pesca El Golfo, ambos con residencia en Puerto Madryn.

El recurso de amparo es contra el Estado Provincial a los efectos que se declare la inconstitucionalidad de la Disposición 186 de la Secretaría de Pesca de la Provincia del Chubut, publicada en el Boletín Oficial del día 16 de mayo del año 2024, declarando su inaplicabilidad y restableciendo las garantías y derechos constitucionales como el acceso público a la Playa Bahía Cracker. Ya que “afecta los derechos y garantías de todos los ciudadanos que viven y/o visitan la Provincia de Chubut como el libre tránsito y el acceso” a ese lugar.

Tal elevación, lo hicieron “como representantes legales de organizaciones de clubes deportivos que representan el interés común de realizar prácticas deportivas (pesca, náutica, buceo) en el lugar, en donde, inclusive, se efectúan tareas de limpieza del sector.
Dichas personas tomaron conocimiento de la medida de restricción recién en el curso del fin de semana, a partir del día 28 de junio, en el que un socio del Club de Trelew publicó por redes sociales la fotografía del cartel y la tranquera cerrada con candado.

También califican la medida de arbitraria y de “de ilegalidad manifiesta”, ya que la secretaría de Pesca no es autoridad de aplicación en materia de acceso a playas, libre circulación, seguridad de personas y/o bienes, determinación de usos de los bienes públicos, prohibición de campamentismo y/o involucramiento en actividades deportivas”.

Tampoco “el dueño del campo por el que pasa el camino tiene facultades y/o derechos y/o garantía para entorpecer y/o impedir el libre acceso a la costa del Golfo Nuevo, máxime teniendo en cuenta que la Playa de Bahía Cracker es un sitio tradicional de esparcimiento y turismo de nuestro territorio”, fundamentaron luego .

“El deber del Estado es otro, es justamente garantizar la libre circulación y no prohibir la misma so pretexto de incumplimientos del deber de seguridad que debe brindar el propio estado”, precisaron.

Por otra parte, “informamos que no se conocen los permisos de pesca deportiva en el mar. No estamos diciendo que nos negamos a dichos permisos sino que no tenemos conocimiento de su otorgamiento y que si acaso en el futuro se cumpliera, seguramente con alguna carga pecuniaria, sería bueno que con el dinero que se recaude mejoren los accesos a las playas y/o brinden algún servicio en las mismas y/o se haga algún aporte concreto para el mejoramiento de los lugares de esparcimientos agrestes de la Provincia del Chubut”.

A su vez, “es un error creer que la Ley XVII N° 8 solo garantiza el acceso a las playas a pescadores, dicha norma se aplica también a personas que pretenden realizar actividades de buceo y/o turísticas, entendidas desde el punto de vista amplio como las propias de esparcimiento, recreación, ocio y disfrute de la naturaleza, sin necesidad de realizar una actividad de pesca con anzuelo”.

Finalmente, expresaron que “queremos la presencia del Estado para hacer algo, quizás en conjunto con los clubes de Pesca, pero no para no hacer, para prohibir, para privarnos de los derechos constitucionales más básicos como la libre circulación y el uso adecuado del medio ambiente”.

El cierre de Bahía Cracker generó polémica y un recurso de amparo.
01 JUL 2024 - 20:36

Presidentes de los clubes de Pesca de Trelew y Puerto Madryn, elevaron, a la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de la jurisdicción de Trelew, un recurso de amparo para que se proceda a la apertura de la Playa de Bahía Cracker tras una decisión de la secretaría de Pesca de la provincia, prohibiendo su ingreso.

Quienes solicitaron esa medida fueron Daniel Hughes, Emanuel Delgado y Sandro Espiasse, titulares de los club de Pesca,Náutica y Caza Submarina de Trelew, de la Asociación de Pescadores Artesanales y del Club de Pesca El Golfo, ambos con residencia en Puerto Madryn.

El recurso de amparo es contra el Estado Provincial a los efectos que se declare la inconstitucionalidad de la Disposición 186 de la Secretaría de Pesca de la Provincia del Chubut, publicada en el Boletín Oficial del día 16 de mayo del año 2024, declarando su inaplicabilidad y restableciendo las garantías y derechos constitucionales como el acceso público a la Playa Bahía Cracker. Ya que “afecta los derechos y garantías de todos los ciudadanos que viven y/o visitan la Provincia de Chubut como el libre tránsito y el acceso” a ese lugar.

Tal elevación, lo hicieron “como representantes legales de organizaciones de clubes deportivos que representan el interés común de realizar prácticas deportivas (pesca, náutica, buceo) en el lugar, en donde, inclusive, se efectúan tareas de limpieza del sector.
Dichas personas tomaron conocimiento de la medida de restricción recién en el curso del fin de semana, a partir del día 28 de junio, en el que un socio del Club de Trelew publicó por redes sociales la fotografía del cartel y la tranquera cerrada con candado.

También califican la medida de arbitraria y de “de ilegalidad manifiesta”, ya que la secretaría de Pesca no es autoridad de aplicación en materia de acceso a playas, libre circulación, seguridad de personas y/o bienes, determinación de usos de los bienes públicos, prohibición de campamentismo y/o involucramiento en actividades deportivas”.

Tampoco “el dueño del campo por el que pasa el camino tiene facultades y/o derechos y/o garantía para entorpecer y/o impedir el libre acceso a la costa del Golfo Nuevo, máxime teniendo en cuenta que la Playa de Bahía Cracker es un sitio tradicional de esparcimiento y turismo de nuestro territorio”, fundamentaron luego .

“El deber del Estado es otro, es justamente garantizar la libre circulación y no prohibir la misma so pretexto de incumplimientos del deber de seguridad que debe brindar el propio estado”, precisaron.

Por otra parte, “informamos que no se conocen los permisos de pesca deportiva en el mar. No estamos diciendo que nos negamos a dichos permisos sino que no tenemos conocimiento de su otorgamiento y que si acaso en el futuro se cumpliera, seguramente con alguna carga pecuniaria, sería bueno que con el dinero que se recaude mejoren los accesos a las playas y/o brinden algún servicio en las mismas y/o se haga algún aporte concreto para el mejoramiento de los lugares de esparcimientos agrestes de la Provincia del Chubut”.

A su vez, “es un error creer que la Ley XVII N° 8 solo garantiza el acceso a las playas a pescadores, dicha norma se aplica también a personas que pretenden realizar actividades de buceo y/o turísticas, entendidas desde el punto de vista amplio como las propias de esparcimiento, recreación, ocio y disfrute de la naturaleza, sin necesidad de realizar una actividad de pesca con anzuelo”.

Finalmente, expresaron que “queremos la presencia del Estado para hacer algo, quizás en conjunto con los clubes de Pesca, pero no para no hacer, para prohibir, para privarnos de los derechos constitucionales más básicos como la libre circulación y el uso adecuado del medio ambiente”.


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