Vecinos que exigen la reapertura de Pardelas, recurrirán a la Defensora del Pueblo

Piden que se investigue la inacción del Ministerio de Turismo y que se lo exhorte a retirar todo obstáculo que impide el acceso a la playa.

08 MAY 2023 - 11:50 | Actualizado 08 MAY 2023 - 11:58

Un grupo de vecinos chubutenses elaboraron un documento que en breve será remitido a la Defensora del Pueblo, Claudia Bard, con el objeto de lograr la reapertura de Punta Pardelas, cerrada al público hace más de 5 años.

En la nota, los firmantes sostienen que el acceso siempre fue por el camino de tierra que une la Ruta Provincial Nº 2 con la costa del mar y que ese camino siempre fue de uso público hasta que hace algunos años el propietario del campo decidió cerrar la tranquera con candado e impedir el paso de los visitantes. El pretexto inicial fueron las complicaciones del camino a partir del avance de un médano.

Los vecinos expresan en la nota que la autoridad de aplicación del Área Natural Protegida Península Valdes, según Ley XI Nº 18, es el Ministerio de Turismo de la Provincia de Chubut, por lo que está bajo su órbita el manejo, la administración y la fiscalización del Área. Sostienen que, a la luz de los hechos, lo realizado por la autoridad de aplicación fue insuficiente porque el ingreso a Playa Pardelas sigue impedido con tranquera y candado.

Los vecinos hacen mención a legislación muy específica.

La Playa de Punta Pardelas es un bien público del Estado (art. 235 inc. a del Código Civil y Comercial) También lo son los caminos y calles construidas para utilidad o comodidad común, sin importar si la construcción fue hecha por el Estado o por privados, lo importante es que sea de uso común (art. 235 inc. F del mismo Código).

Además, remarcan que estos bienes son “inajenables, inembargables e imprescriptibles” y “las personas tienen su uso y goce, sujeto a disposiciones generales y locales” (art. 237 Código Civil y Comercial).

Remarcan que no solamente la playa es pública sino también el camino de acceso. Se trata de una vía de acceso público que, hasta figura en los mapas de la Provincia de Chubut.

La Provincia de Chubut, además, dispone las más amplias facultades para sus habitantes para el ingreso a las playas. La Ley LEY XVII-Nº 8 (Antes Ley 1087) dispone textualmente a favor de los visitantes de los lugares públicos:El artículo 4 sostiene que se debe garantizar el acceso a las aguas marítimas a todos los ciudadanos que realicen actividades turísticas, de pesca o de caza submarina. Y el artículo 5 expresa que “queda absolutamente prohibido a los particulares realizar cualquier tipo de obra, construcción o instalación que de algún modo dañe, obstruya o desvíe en forma directa o indirecta un camino de acceso a aguas marítimas, fluviales, lacustres y riberas”.

En consecuencia, los firmantes solicitan en el petitorio:
1) Se investigue quienes fueron los autores y/o partícipes del cierre del camino a Punta Pardelas.
2) Se investigue la inactividad y/o gestión ineficaz de la autoridad de aplicación relacionada con el cierre del camino y el mantenimiento de los obstáculos de ingreso.

3) Al mismo tiempo, exhorte a la autoridad de aplicación a cumplir con la Ley, retirando todo obstáculo que impida el ingreso a la Playa de Punta Pardelas.

*****************************

Lugares donde se puede firmar el documento

* En Trelew: Avenida Fontana 355 (Óptica CruzLent)
* En Puerto Madryn: San Martín entre España y Gales (Pescadería el Vasco)y Avenida Gales 585, planta baja. (Estudio Jurídico)

08 MAY 2023 - 11:50

Un grupo de vecinos chubutenses elaboraron un documento que en breve será remitido a la Defensora del Pueblo, Claudia Bard, con el objeto de lograr la reapertura de Punta Pardelas, cerrada al público hace más de 5 años.

En la nota, los firmantes sostienen que el acceso siempre fue por el camino de tierra que une la Ruta Provincial Nº 2 con la costa del mar y que ese camino siempre fue de uso público hasta que hace algunos años el propietario del campo decidió cerrar la tranquera con candado e impedir el paso de los visitantes. El pretexto inicial fueron las complicaciones del camino a partir del avance de un médano.

Los vecinos expresan en la nota que la autoridad de aplicación del Área Natural Protegida Península Valdes, según Ley XI Nº 18, es el Ministerio de Turismo de la Provincia de Chubut, por lo que está bajo su órbita el manejo, la administración y la fiscalización del Área. Sostienen que, a la luz de los hechos, lo realizado por la autoridad de aplicación fue insuficiente porque el ingreso a Playa Pardelas sigue impedido con tranquera y candado.

Los vecinos hacen mención a legislación muy específica.

La Playa de Punta Pardelas es un bien público del Estado (art. 235 inc. a del Código Civil y Comercial) También lo son los caminos y calles construidas para utilidad o comodidad común, sin importar si la construcción fue hecha por el Estado o por privados, lo importante es que sea de uso común (art. 235 inc. F del mismo Código).

Además, remarcan que estos bienes son “inajenables, inembargables e imprescriptibles” y “las personas tienen su uso y goce, sujeto a disposiciones generales y locales” (art. 237 Código Civil y Comercial).

Remarcan que no solamente la playa es pública sino también el camino de acceso. Se trata de una vía de acceso público que, hasta figura en los mapas de la Provincia de Chubut.

La Provincia de Chubut, además, dispone las más amplias facultades para sus habitantes para el ingreso a las playas. La Ley LEY XVII-Nº 8 (Antes Ley 1087) dispone textualmente a favor de los visitantes de los lugares públicos:El artículo 4 sostiene que se debe garantizar el acceso a las aguas marítimas a todos los ciudadanos que realicen actividades turísticas, de pesca o de caza submarina. Y el artículo 5 expresa que “queda absolutamente prohibido a los particulares realizar cualquier tipo de obra, construcción o instalación que de algún modo dañe, obstruya o desvíe en forma directa o indirecta un camino de acceso a aguas marítimas, fluviales, lacustres y riberas”.

En consecuencia, los firmantes solicitan en el petitorio:
1) Se investigue quienes fueron los autores y/o partícipes del cierre del camino a Punta Pardelas.
2) Se investigue la inactividad y/o gestión ineficaz de la autoridad de aplicación relacionada con el cierre del camino y el mantenimiento de los obstáculos de ingreso.

3) Al mismo tiempo, exhorte a la autoridad de aplicación a cumplir con la Ley, retirando todo obstáculo que impida el ingreso a la Playa de Punta Pardelas.

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Lugares donde se puede firmar el documento

* En Trelew: Avenida Fontana 355 (Óptica CruzLent)
* En Puerto Madryn: San Martín entre España y Gales (Pescadería el Vasco)y Avenida Gales 585, planta baja. (Estudio Jurídico)


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