Un fallo confirmó que las asambleas escolares deberán realizarse fuera del horario de clases

Rechazo a un amparo de la ATECh.

Protesta. Los gremios docentes deberán obedecer la Resolución.
15 ENE 2023 - 20:44 | Actualizado 15 ENE 2023 - 20:45

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

La Sala B de la Cámara de Apelaciones de Trelew confirmó la validez de la Resolución 782 del Ministerio de Educación, dictada en octubre de 2022, que obliga a los gremios docentes a realizar sus asambleas escolares fuera del horario de clases. La Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut pedía su nulidad pero su amparo fue rechazado. Al fallo lo firmó el juez Sergio Lucero.

La Resolución faculta a directores y superisores a autorizar la realización de Asambleas Escolares convocadas por los gremios dentro de las escuelas, “siempre y cuando sean fuera del horario del dictado de clases”. De otra manera no se autorizarían. Y habrá descuento de sueldo para docentes y auxiliares que participen en asambleas dejando de dar clases.

El secretario general de ATECh, Daniel Murphy, consideró que quedaba en evidencia “la intención de coartar el horario de las asambleas, lo que implica una clara afectación dado que impacta gravemente y de manera negativa sobre la convocatoria”.

Según su argumento, los docentes se retiran de la escuela tras dar clases y no existe otro momento en que estén presentes. “Para el Ministerio de Educación es una molestia que necesariamente debe tolerar (…) En la práctica es imposible ejercer el derecho de reunión fuera del horario escolar dado que los docentes se desempeñan en distintos turnos y los edificios escolares se utilizan frecuentemente desde las primeras horas de la mañana hasta las 23”.

Aunque antes de la sentencia y hasta diciembre hubo encuentros del Ministerio con el gremio, no hubo acuerdo en la negociación.

Educación respondió al amparo que la Resolución no afectaba derechos de los trabajadores ni del sindicato ya que no prohibía el derecho de reunión ni de realizar asambleas escolares sino que sólo instruía a los directivos a que las autoricen dentro de sus establecimientos. “No hay ninguna vulneración a la libertad sindical tratándose simplemente de una cuestión interna, una directiva del ministro a los docentes a cargo de las escuelas de la provincia”.

Sobre los descuentos de sueldo, “es ajustado a derecho y avalado por la jurisprudencia que establece que ante la no prestación del servicio –dictado de clases en este caso- corresponde hacerse el descuento proporcional de los haberes de los docentes”.

El Ministerio alegó que “no podrán autorizarse acciones que afecten el normal desenvolvimiento del acto escolar de enseñar y de aprender”.

“A lo largo de los años se han pronunciado distintos organismos sobre las asambleas escolares y todos coinciden en que es primordial garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes”.

Al revisar el contenido y los alcances de la Resolución Ministerial, Lucero consideró que “forman parte del ejercicio de las potestades que le son atribuidas al ministro de Educación por la Constitución de la provincia a los ministros”.#

Enterate de las noticias de POLITICA a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
Protesta. Los gremios docentes deberán obedecer la Resolución.
15 ENE 2023 - 20:44

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

La Sala B de la Cámara de Apelaciones de Trelew confirmó la validez de la Resolución 782 del Ministerio de Educación, dictada en octubre de 2022, que obliga a los gremios docentes a realizar sus asambleas escolares fuera del horario de clases. La Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut pedía su nulidad pero su amparo fue rechazado. Al fallo lo firmó el juez Sergio Lucero.

La Resolución faculta a directores y superisores a autorizar la realización de Asambleas Escolares convocadas por los gremios dentro de las escuelas, “siempre y cuando sean fuera del horario del dictado de clases”. De otra manera no se autorizarían. Y habrá descuento de sueldo para docentes y auxiliares que participen en asambleas dejando de dar clases.

El secretario general de ATECh, Daniel Murphy, consideró que quedaba en evidencia “la intención de coartar el horario de las asambleas, lo que implica una clara afectación dado que impacta gravemente y de manera negativa sobre la convocatoria”.

Según su argumento, los docentes se retiran de la escuela tras dar clases y no existe otro momento en que estén presentes. “Para el Ministerio de Educación es una molestia que necesariamente debe tolerar (…) En la práctica es imposible ejercer el derecho de reunión fuera del horario escolar dado que los docentes se desempeñan en distintos turnos y los edificios escolares se utilizan frecuentemente desde las primeras horas de la mañana hasta las 23”.

Aunque antes de la sentencia y hasta diciembre hubo encuentros del Ministerio con el gremio, no hubo acuerdo en la negociación.

Educación respondió al amparo que la Resolución no afectaba derechos de los trabajadores ni del sindicato ya que no prohibía el derecho de reunión ni de realizar asambleas escolares sino que sólo instruía a los directivos a que las autoricen dentro de sus establecimientos. “No hay ninguna vulneración a la libertad sindical tratándose simplemente de una cuestión interna, una directiva del ministro a los docentes a cargo de las escuelas de la provincia”.

Sobre los descuentos de sueldo, “es ajustado a derecho y avalado por la jurisprudencia que establece que ante la no prestación del servicio –dictado de clases en este caso- corresponde hacerse el descuento proporcional de los haberes de los docentes”.

El Ministerio alegó que “no podrán autorizarse acciones que afecten el normal desenvolvimiento del acto escolar de enseñar y de aprender”.

“A lo largo de los años se han pronunciado distintos organismos sobre las asambleas escolares y todos coinciden en que es primordial garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes”.

Al revisar el contenido y los alcances de la Resolución Ministerial, Lucero consideró que “forman parte del ejercicio de las potestades que le son atribuidas al ministro de Educación por la Constitución de la provincia a los ministros”.#


NOTICIAS RELACIONADAS