La Justicia laboral ordenó no aplicar Ganancias en salarios docentes

El juzgado de Trabajo N°13 de la Ciudad de Buenos Aires ordenó hoy la suspensión de la aplicación del Impuesto de Ganancias en salarios docentes y de todo lo relativo a adicionales sobre los cuales se calcula ese gravamen.

16 AGO 2024 - 20:58 | Actualizado 16 AGO 2024 - 21:00

Fue a través a de una medida cautelar que ordena dejar sin efecto los artículos 73, 81 y 94 de la ley 27.743 de Ganancias.

El sindicato docente CTERA expresó que el fallo "es de suma importancia" porque es el primero respecto al tema "planteado por una organización sindical que abarca a las y los trabajadores de la educación".

"Este es el triunfo de la resistencia y la lucha de la CTERA con todas sus acciones: paros, movilizaciones y concentraciones frente al Congreso", afirmó en un comunicado.

A principios de agosto, CTERA había presentado ante la Justicia laboral un amparo con el fin que se declare la inconstitucionalidad del impuesto a las Ganancias, que fue restituido en su cuarta categoría en el paquete fiscal aprobado en el Congreso y ya reglamentado por el Ejecutivo.

La normativa impone el pago de ganancias a los trabajadores a partir de un mínimo no imponible de $1.800.000 para el trabajador/a soltero y de $2.340.000.

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16 AGO 2024 - 20:58

Fue a través a de una medida cautelar que ordena dejar sin efecto los artículos 73, 81 y 94 de la ley 27.743 de Ganancias.

El sindicato docente CTERA expresó que el fallo "es de suma importancia" porque es el primero respecto al tema "planteado por una organización sindical que abarca a las y los trabajadores de la educación".

"Este es el triunfo de la resistencia y la lucha de la CTERA con todas sus acciones: paros, movilizaciones y concentraciones frente al Congreso", afirmó en un comunicado.

A principios de agosto, CTERA había presentado ante la Justicia laboral un amparo con el fin que se declare la inconstitucionalidad del impuesto a las Ganancias, que fue restituido en su cuarta categoría en el paquete fiscal aprobado en el Congreso y ya reglamentado por el Ejecutivo.

La normativa impone el pago de ganancias a los trabajadores a partir de un mínimo no imponible de $1.800.000 para el trabajador/a soltero y de $2.340.000.


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