Servicoop no intervendrá en las resoluciones de Nación sobre los precios de la energía

El Consejo de Administración de la entidad energética dijo que “no puede” intervenir en la aplicación de estas nuevas disposiciones del gobierno nacional respecto al precio estacional de la energía, que afectará a todos los usuarios del país.

15 JUN 2024 - 12:57 | Actualizado 15 JUN 2024 - 13:13

El Consejo de Administración de Servicoop comunicó que “no puede” intervenir en la aplicación de las nuevas resoluciones dispuestas por Nación sobre el precio estacional de la energía.

Se trata de las publicadas el pasado 5 de junio en el Boletín Oficial de la Nación, mediante las cuales el gobierno nacional dispuso un nuevo incremento en el precio estacional de la energía que afectará a todos los usuarios del país. Estos están sancionados por dos Resoluciones, la 92/2024 y 90/2024, las cuales tienen vigencia desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre del presente año.

La aplicación de estas resoluciones implica un nuevo esquema para los usuarios categorizados en la escala N2 y N3. La Secretaría de Energía de la Nación es quien establece las categorías de los usuarios, según su situación socioeconómica, existiendo tres categorías: N1 ingresos altos, N2 de bajos ingresos y N3 de ingresos medios.

La Resolución 92/2024 estipula un incremento del Precio Estacional de la Energía (PEST), lo cual representa un incremento del 68% por MegaWhatt hora y a esto se le suman los costos de las empresas transportistas. Esto se aplica a todos los usuarios residenciales y con la entrada en vigencia de la nueva Resolución, los usuarios N1 abonarán el 77% del costo de la energía, mientras que los N2 abonarán el 50% del costo total y los N3 un 45,6% respectivamente.

Hay que resaltar que los subsidios están vinculados a las zonas bioambientales y en este caso, pertenecemos a la zona IV (templado frio). Estas zonas también son determinadas por la Secretaría de Nación y en base a esa clasificación, se estipulan los subsidios.

Con la aplicación de estas nuevas Resoluciones, los usuarios N2 conservarán el subsidio en un 65% correspondiente al ítem 351, siempre y cuando sus consumos no excedan el tope establecido, que para esta categoría es de 350 kwh y para el caso de los usuarios N3, si el consumo no supera los 250 Kwh, el subsidio alcanza al 50%. Cabe aclarar que el consumo que exceda los topes, para el caso de los usuarios N2 (hogares de bajos ingresos) y usuarios N3 (hogares de ingresos medios) deberán abonar, el excedente del consumo, como lo hacen los N1, que son los usuarios de altos ingresos.

En el caso de los hogares sin acceso a la red de gas, el consumo base con el mayor subsidio es de 700 kWh/mes para los usuarios N2 y para los usuarios N3 el consumo base con el mayor subsidio es hasta 500 kWh/mes. En ambos casos a los consumos excedentes al consumo base se aplicará los precios del segmento N1.

En esa línea, desde Servicoop informaron a toda la comunidad que la cooperativa no puede intervenir bajo ningún punto de vista sobre la aplicación de estas Resoluciones y debe (obligada por la ley) trasladar los incrementos dispuestos.

En el mismo sentido, la entidad energética agregó que no tiene vinculación con los datos cargados en el RASE (Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía). La Secretaría de Energía de la Nación es la responsable de la admisibilidad de los datos y la asignación de las categorías.

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15 JUN 2024 - 12:57

El Consejo de Administración de Servicoop comunicó que “no puede” intervenir en la aplicación de las nuevas resoluciones dispuestas por Nación sobre el precio estacional de la energía.

Se trata de las publicadas el pasado 5 de junio en el Boletín Oficial de la Nación, mediante las cuales el gobierno nacional dispuso un nuevo incremento en el precio estacional de la energía que afectará a todos los usuarios del país. Estos están sancionados por dos Resoluciones, la 92/2024 y 90/2024, las cuales tienen vigencia desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre del presente año.

La aplicación de estas resoluciones implica un nuevo esquema para los usuarios categorizados en la escala N2 y N3. La Secretaría de Energía de la Nación es quien establece las categorías de los usuarios, según su situación socioeconómica, existiendo tres categorías: N1 ingresos altos, N2 de bajos ingresos y N3 de ingresos medios.

La Resolución 92/2024 estipula un incremento del Precio Estacional de la Energía (PEST), lo cual representa un incremento del 68% por MegaWhatt hora y a esto se le suman los costos de las empresas transportistas. Esto se aplica a todos los usuarios residenciales y con la entrada en vigencia de la nueva Resolución, los usuarios N1 abonarán el 77% del costo de la energía, mientras que los N2 abonarán el 50% del costo total y los N3 un 45,6% respectivamente.

Hay que resaltar que los subsidios están vinculados a las zonas bioambientales y en este caso, pertenecemos a la zona IV (templado frio). Estas zonas también son determinadas por la Secretaría de Nación y en base a esa clasificación, se estipulan los subsidios.

Con la aplicación de estas nuevas Resoluciones, los usuarios N2 conservarán el subsidio en un 65% correspondiente al ítem 351, siempre y cuando sus consumos no excedan el tope establecido, que para esta categoría es de 350 kwh y para el caso de los usuarios N3, si el consumo no supera los 250 Kwh, el subsidio alcanza al 50%. Cabe aclarar que el consumo que exceda los topes, para el caso de los usuarios N2 (hogares de bajos ingresos) y usuarios N3 (hogares de ingresos medios) deberán abonar, el excedente del consumo, como lo hacen los N1, que son los usuarios de altos ingresos.

En el caso de los hogares sin acceso a la red de gas, el consumo base con el mayor subsidio es de 700 kWh/mes para los usuarios N2 y para los usuarios N3 el consumo base con el mayor subsidio es hasta 500 kWh/mes. En ambos casos a los consumos excedentes al consumo base se aplicará los precios del segmento N1.

En esa línea, desde Servicoop informaron a toda la comunidad que la cooperativa no puede intervenir bajo ningún punto de vista sobre la aplicación de estas Resoluciones y debe (obligada por la ley) trasladar los incrementos dispuestos.

En el mismo sentido, la entidad energética agregó que no tiene vinculación con los datos cargados en el RASE (Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía). La Secretaría de Energía de la Nación es la responsable de la admisibilidad de los datos y la asignación de las categorías.


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