El Superior Tribunal de Justicia decidió este jueves, por mayoría, confirmar la resolución del Tribunal Electoral de Puerto Madryn y rechazar la candidatura por falta de residencia de Vanesa Peruzotti.
Asimsimo, se le hizo saber al impugnante que está vigente lo dispuesto en el inciso 2 de la Resolución del TEM y por lo tanto la candidata deberá ser reemplazada.
De esta manera, el candidato a intendente de Puerto Madryn, Daniel Laudonio, de Juntos por el Cambio, no podrá llevar como vice a la radical Peruzotti y deberá remplazarla.
En el primer punto de la resolución se aceptó la excusación formulada por la Dra. Camila Banfi Saavedra y posteriormente se confirmó, por mayoría, “la Resolución 006/23 dictada por el Tribunal Electoral Municipal de Puerto Madryn, de fecha 15 de junio de 2023 en cuanto rechaza la candidatura de la Sra. Vanesa Liliana Peruzotti” para el cargo de viceintendenta de Puerto Madryn por la Alianza Juntos por el Cambio Chubut.
En el tercer punto se determina “remitir las actuaciones al Tribunal Electoral Municipal de Puerto Madryn, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 2° de la mencionada Resolución 006/23”.
El Superior Tribunal de Justicia decidió este jueves, por mayoría, confirmar la resolución del Tribunal Electoral de Puerto Madryn y rechazar la candidatura por falta de residencia de Vanesa Peruzotti.
Asimsimo, se le hizo saber al impugnante que está vigente lo dispuesto en el inciso 2 de la Resolución del TEM y por lo tanto la candidata deberá ser reemplazada.
De esta manera, el candidato a intendente de Puerto Madryn, Daniel Laudonio, de Juntos por el Cambio, no podrá llevar como vice a la radical Peruzotti y deberá remplazarla.
En el primer punto de la resolución se aceptó la excusación formulada por la Dra. Camila Banfi Saavedra y posteriormente se confirmó, por mayoría, “la Resolución 006/23 dictada por el Tribunal Electoral Municipal de Puerto Madryn, de fecha 15 de junio de 2023 en cuanto rechaza la candidatura de la Sra. Vanesa Liliana Peruzotti” para el cargo de viceintendenta de Puerto Madryn por la Alianza Juntos por el Cambio Chubut.
En el tercer punto se determina “remitir las actuaciones al Tribunal Electoral Municipal de Puerto Madryn, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 2° de la mencionada Resolución 006/23”.