Una jueza rechazó una prohibición de acercamiento

Dos juezas tuvieron que revocaron la decisión de su par, Alejandra Hernández, de negar una prohibición de acercamiento a un hombre que ingresó borracho a la casa de su ex durante la noche. Para la magistrada “la víctima no necesitaba estar protegida”.

28 OCT 2022 - 8:50 | Actualizado 28 OCT 2022 - 12:06

Su ex se le apareció borracho dentro de la casa. La mujer necesitó la ayuda de su hija para lograr sacarlo y lo tuvo que llamar a la Policía. En la audiencia, el imputado estuvo de acuerdo con una prohibición de acercamiento, pero una jueza la rechazó. “No hay nada que evidencie que la víctima necesite estar protegida” indicó.

Ocurrió en Puerto Madryn y la Fiscalía impugnó la medida. Además, otras dos juezas le hicieron lugar. “El Estado debe proteger a las víctimas de violencia de género”, indicaron las magistradas Patricia Reyes y Marcela Pérez Bogado.

El 27 de agosto a las 21:30, una mujer se encontraba en su casa junto a su hija de 15 años de edad cuando ingresó en la casa su expareja, en estado de ebriedad, y les comenzó a gritar. Cuando la mujer le pidió que se vaya, el hombre empezó a forcejar. Finalmente, la mujer junto a la hija lograron sacarlo hasta la vereda y llamar al 101, que arribó a los pocos minutos.

El Juzgado de Familia dictó una medida de prohibición de acercamiento y la Fiscalía inició una causa penal por “violación de domicilio”. Pero cuando las fiscales María Eugenia Vottero y María Florencia Bianchi pidieron la continuidad de la medida de protección –que contaba con el consentimiento de la defensa, es decir, del imputado- la jueza penal Alejandra Hernández rechazó la medida. “No hay nada que evidencie que la víctima necesita estar protegida, no se dan los requisitos para otorgar una medida de protección”, sostuvo la jueza.

La fiscal María Eugenia Vottero junto a la funcionaria María Florencia Bianchi, de la oficina de Violencia de Género y Delitos Sexuales, impugnaron la decisión y pidieron que la revisen dos jueces. Para las fiscales, la medida estaba fundada y era necesaria. La audiencia se efectuó el jueves y las juezas Reyes y Pérez Bogado revocaron la decisión de Hernández.

En su voto, la jueza Reyes sostuvo que “es un caso de violencia de género, entiendo que la medida solicitada era razonable y pertinente, la defensa no se oponía y no veo que haya desinterés del Ministerio Público Fiscal ya que había pedido la audiencia antes que venza la medida dictada por el Juzgado de Familia, máxime la obligación que tenemos los magistrados de velar por la vida libre de violencia de la mujer”. “Es Estado debe proteger a las víctimas de violencia de género”, indicaron.

28 OCT 2022 - 8:50

Su ex se le apareció borracho dentro de la casa. La mujer necesitó la ayuda de su hija para lograr sacarlo y lo tuvo que llamar a la Policía. En la audiencia, el imputado estuvo de acuerdo con una prohibición de acercamiento, pero una jueza la rechazó. “No hay nada que evidencie que la víctima necesite estar protegida” indicó.

Ocurrió en Puerto Madryn y la Fiscalía impugnó la medida. Además, otras dos juezas le hicieron lugar. “El Estado debe proteger a las víctimas de violencia de género”, indicaron las magistradas Patricia Reyes y Marcela Pérez Bogado.

El 27 de agosto a las 21:30, una mujer se encontraba en su casa junto a su hija de 15 años de edad cuando ingresó en la casa su expareja, en estado de ebriedad, y les comenzó a gritar. Cuando la mujer le pidió que se vaya, el hombre empezó a forcejar. Finalmente, la mujer junto a la hija lograron sacarlo hasta la vereda y llamar al 101, que arribó a los pocos minutos.

El Juzgado de Familia dictó una medida de prohibición de acercamiento y la Fiscalía inició una causa penal por “violación de domicilio”. Pero cuando las fiscales María Eugenia Vottero y María Florencia Bianchi pidieron la continuidad de la medida de protección –que contaba con el consentimiento de la defensa, es decir, del imputado- la jueza penal Alejandra Hernández rechazó la medida. “No hay nada que evidencie que la víctima necesita estar protegida, no se dan los requisitos para otorgar una medida de protección”, sostuvo la jueza.

La fiscal María Eugenia Vottero junto a la funcionaria María Florencia Bianchi, de la oficina de Violencia de Género y Delitos Sexuales, impugnaron la decisión y pidieron que la revisen dos jueces. Para las fiscales, la medida estaba fundada y era necesaria. La audiencia se efectuó el jueves y las juezas Reyes y Pérez Bogado revocaron la decisión de Hernández.

En su voto, la jueza Reyes sostuvo que “es un caso de violencia de género, entiendo que la medida solicitada era razonable y pertinente, la defensa no se oponía y no veo que haya desinterés del Ministerio Público Fiscal ya que había pedido la audiencia antes que venza la medida dictada por el Juzgado de Familia, máxime la obligación que tenemos los magistrados de velar por la vida libre de violencia de la mujer”. “Es Estado debe proteger a las víctimas de violencia de género”, indicaron.


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