El juez Gustavo Castro emitió la resolución confirmando el acuerdo entre partes para la aplicación del instituto de juicio abreviado, para un caso donde una persona fue acusada por hechos de abuso y amenazas en Trelew. En la audiencia fijada bajo el marco de debate intervino la fiscal general jefa Silvia Pereira, el defensor Javier Allende y el doctor Pablo Rey en representación de la asesoría de menores.
Los hechos hacen referencia a la autoría material y penalmente responsable del imputado por los delitos de abuso sexual simple, agravado por el vínculo y la convivencia, en perjuicio de su hija menor de edad, cinco hechos concursados realmente entre sí en concurso real con amenazas con arma blanca, cuya víctima resulta ser su pareja, enmarcados en los artículos 119 primer párrafo inciso b, 149 bis, 45 y 55 y en el marco de la Ley 26485 de violencia contra la mujer
La doctora Pereira hizo saber que el acuerdo amparado en el artículo 355 del código procesal penal que se procuró con el representante de la defensa y el consentimiento del imputado se dio previo reconocimiento de los hechos endilgados y a que el imputado cuenta con una sentencia condenatoria de fecha 9 de marzo de 2019 y de ejecución condicional con vencimiento el 3 de marzo de 2022 por un hecho ocurrido con anterioridad, esto es el día 24 de abril de 2016 y que fue calificado como robo agravado por uso de arma blanca. Por ello y advirtiendo que los hechos que se ventilaron en esta audiencia ocurrieron con posterioridad a la condena citada precedentemente correspondía la unificación de penas de acuerdo a las reglas normativas, solicitando se dicte una pena única y comprensiva de los tres casos fiscales referenciados por un monto punitivo totas de seis años de prisión de efectivo cumplimiento, señaló un parte de Fiscalía.
El juez en su resolución homologó lo acordado por las partes y que fuera consentido por el autor y confirmó la pena única de seis años de prisión efectiva, accesorias legales y costas, de acuerdo a los hechos mencionados y su calificación respectiva, ocurridos en la ciudad de Trelew desde aproximadamente el mes de julio de 2018, momentos en que la víctima menor contaba con doce años de edad y hasta aproximadamente el mes de septiembre de 2020 en perjuicio de su hija, y por el hecho que data en fecha 20 de septiembre de 2020, cerca de las 12,30, en perjuicio de su pareja, con características de violencia y amenazas con arma blanca, comprensiva además de la dictada en el marco de un caso de robo agravado en fecha de marzo de 2019.#
El juez Gustavo Castro emitió la resolución confirmando el acuerdo entre partes para la aplicación del instituto de juicio abreviado, para un caso donde una persona fue acusada por hechos de abuso y amenazas en Trelew. En la audiencia fijada bajo el marco de debate intervino la fiscal general jefa Silvia Pereira, el defensor Javier Allende y el doctor Pablo Rey en representación de la asesoría de menores.
Los hechos hacen referencia a la autoría material y penalmente responsable del imputado por los delitos de abuso sexual simple, agravado por el vínculo y la convivencia, en perjuicio de su hija menor de edad, cinco hechos concursados realmente entre sí en concurso real con amenazas con arma blanca, cuya víctima resulta ser su pareja, enmarcados en los artículos 119 primer párrafo inciso b, 149 bis, 45 y 55 y en el marco de la Ley 26485 de violencia contra la mujer
La doctora Pereira hizo saber que el acuerdo amparado en el artículo 355 del código procesal penal que se procuró con el representante de la defensa y el consentimiento del imputado se dio previo reconocimiento de los hechos endilgados y a que el imputado cuenta con una sentencia condenatoria de fecha 9 de marzo de 2019 y de ejecución condicional con vencimiento el 3 de marzo de 2022 por un hecho ocurrido con anterioridad, esto es el día 24 de abril de 2016 y que fue calificado como robo agravado por uso de arma blanca. Por ello y advirtiendo que los hechos que se ventilaron en esta audiencia ocurrieron con posterioridad a la condena citada precedentemente correspondía la unificación de penas de acuerdo a las reglas normativas, solicitando se dicte una pena única y comprensiva de los tres casos fiscales referenciados por un monto punitivo totas de seis años de prisión de efectivo cumplimiento, señaló un parte de Fiscalía.
El juez en su resolución homologó lo acordado por las partes y que fuera consentido por el autor y confirmó la pena única de seis años de prisión efectiva, accesorias legales y costas, de acuerdo a los hechos mencionados y su calificación respectiva, ocurridos en la ciudad de Trelew desde aproximadamente el mes de julio de 2018, momentos en que la víctima menor contaba con doce años de edad y hasta aproximadamente el mes de septiembre de 2020 en perjuicio de su hija, y por el hecho que data en fecha 20 de septiembre de 2020, cerca de las 12,30, en perjuicio de su pareja, con características de violencia y amenazas con arma blanca, comprensiva además de la dictada en el marco de un caso de robo agravado en fecha de marzo de 2019.#