Tras una audiencia preliminar, la jueza de Puerto Madryn Patricia Reyes sobreseyó al defensor público de Rawson Omar López por el delito de desobediencia. Había sido imputado por negarse a exhibir su DNI en el Puesto de Arroyo Verde, sobre ruta 3, el 22 de marzo de 2022. La fiscal fue Ivana Berazategui y el defensor, Alfredo Pérez Galimberti.
López fue acusado de negarse a ser identificado ante el pedido de un policía en el control vial. El defensor circulaba en un vehículo junto al conductor y su acompañante. El chofer exhibió su documentación y la del vehículo. Cuando el oficial Antelaf Pulgar preguntó por sus acompañantes, de manera verbal López se identifica con nombre y apellido, explicando que era funcionario judicial y donde trabajaba.
Reyes analizó si era “razonable, necesario e indispensable” pedir el DNI en el marco de un simple control de ingreso.
Según Fiscalía, “López debía identificarse para corroborar la identidad y usar el sistema que permite identificar a personas en conflicto con la ley”.
Pero para la jueza, “no era cualquier persona, era Omar López, defensor público penal de Chubut, acompañado de dos personas debidamente identificadas, y una de ellas un exjefe de Policía”.
De la propia acusación surge que el oficial permitió que López siguiera viaje a pesar de no haber entregado el DNI. “Ergo, no se configuraría la desobediencia ante un desistimiento de continuar con el pedido de exhibir el DNI”.
“Claramente Pulgar sabía que ya no resultaba razonable la petición. No existe ley nacional o provincial que obligue a portar documentos y lo que se conoce como averiguación de antecedentes era una situación muy distinta a lo que estaba sucediendo con López en ese preciso momento y con buen tino el empleado policial permitió que se marchen”.
La magistrada concluyó que “no era exigible que Omar López se identifique con Documento de Identidad, habiéndose identificado en forma verbal, con nombre completo e informando su profesión y cargo”.
En tal sentido, “no existió dolo, López no se negó a dar sus datos”. Por tal motivo, “no hubo perjuicio alguno a la administración pública” y “la conducta endilgada no presenta gran relevancia penal”.
“Si bien no resulta aceptable que una persona, cualquier ciudadano/a, que se encuentra transitando libremente a bordo de un vehículo en regla, no haga entrega de la documentación identificatoria, no considero que dicha actitud sea desobediencia, especialmente si se tiene en cuenta que luego de un breve período temporal López se identificó verbalmente y finalmente el empleado policial permitió que sigan transitando”.
“Podría considerarse que fue inadecuado el comportamiento de López quien, según las actuaciones recogidas en la investigación, se dirigió con palabras inadecuadas a los agentes, empero ello no puede sin embargo traer más consecuencias que las que trajo, que de por sí no parecen insignificantes, esto es estar sometido a proceso por más de dos años, pero no es posible concluir que haya existido delito”, concluye el fallo fechado hoy jueves.
Tras una audiencia preliminar, la jueza de Puerto Madryn Patricia Reyes sobreseyó al defensor público de Rawson Omar López por el delito de desobediencia. Había sido imputado por negarse a exhibir su DNI en el Puesto de Arroyo Verde, sobre ruta 3, el 22 de marzo de 2022. La fiscal fue Ivana Berazategui y el defensor, Alfredo Pérez Galimberti.
López fue acusado de negarse a ser identificado ante el pedido de un policía en el control vial. El defensor circulaba en un vehículo junto al conductor y su acompañante. El chofer exhibió su documentación y la del vehículo. Cuando el oficial Antelaf Pulgar preguntó por sus acompañantes, de manera verbal López se identifica con nombre y apellido, explicando que era funcionario judicial y donde trabajaba.
Reyes analizó si era “razonable, necesario e indispensable” pedir el DNI en el marco de un simple control de ingreso.
Según Fiscalía, “López debía identificarse para corroborar la identidad y usar el sistema que permite identificar a personas en conflicto con la ley”.
Pero para la jueza, “no era cualquier persona, era Omar López, defensor público penal de Chubut, acompañado de dos personas debidamente identificadas, y una de ellas un exjefe de Policía”.
De la propia acusación surge que el oficial permitió que López siguiera viaje a pesar de no haber entregado el DNI. “Ergo, no se configuraría la desobediencia ante un desistimiento de continuar con el pedido de exhibir el DNI”.
“Claramente Pulgar sabía que ya no resultaba razonable la petición. No existe ley nacional o provincial que obligue a portar documentos y lo que se conoce como averiguación de antecedentes era una situación muy distinta a lo que estaba sucediendo con López en ese preciso momento y con buen tino el empleado policial permitió que se marchen”.
La magistrada concluyó que “no era exigible que Omar López se identifique con Documento de Identidad, habiéndose identificado en forma verbal, con nombre completo e informando su profesión y cargo”.
En tal sentido, “no existió dolo, López no se negó a dar sus datos”. Por tal motivo, “no hubo perjuicio alguno a la administración pública” y “la conducta endilgada no presenta gran relevancia penal”.
“Si bien no resulta aceptable que una persona, cualquier ciudadano/a, que se encuentra transitando libremente a bordo de un vehículo en regla, no haga entrega de la documentación identificatoria, no considero que dicha actitud sea desobediencia, especialmente si se tiene en cuenta que luego de un breve período temporal López se identificó verbalmente y finalmente el empleado policial permitió que sigan transitando”.
“Podría considerarse que fue inadecuado el comportamiento de López quien, según las actuaciones recogidas en la investigación, se dirigió con palabras inadecuadas a los agentes, empero ello no puede sin embargo traer más consecuencias que las que trajo, que de por sí no parecen insignificantes, esto es estar sometido a proceso por más de dos años, pero no es posible concluir que haya existido delito”, concluye el fallo fechado hoy jueves.