Con el fin de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir accidentes de tránsito, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Dirección Nacional de Vialidad, Secretaría de Transporte, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Gendarmería Nacional, los gobiernos provinciales y cámaras empresarias del transporte automotor de cargas trabajan en conjunto en esta medida que finalizará a las 23.59.
Sin embargo, quedan exceptuados los vehículos que trasladen leche cruda y productos derivados en envases asociados, animales vivos y productos frutihortícolas.
Asimismo, la restricción no correrá para los trasnportes exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, como así los de atención de emergencias o asistencia de vehículos averiados o accidentados.
Podrán circular sin problemas los camiones cisterna de traslado de combustibles, lo de gas natural comprimdo y licuado de petróleo, así como los que trasladen gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios.
Finalmente, también estará exceptuados los camiones que transporten medicinas y los de disposición final de residuos sólidos urbanos, medicinas y los que deban circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
Con el fin de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir accidentes de tránsito, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Dirección Nacional de Vialidad, Secretaría de Transporte, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Gendarmería Nacional, los gobiernos provinciales y cámaras empresarias del transporte automotor de cargas trabajan en conjunto en esta medida que finalizará a las 23.59.
Sin embargo, quedan exceptuados los vehículos que trasladen leche cruda y productos derivados en envases asociados, animales vivos y productos frutihortícolas.
Asimismo, la restricción no correrá para los trasnportes exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, como así los de atención de emergencias o asistencia de vehículos averiados o accidentados.
Podrán circular sin problemas los camiones cisterna de traslado de combustibles, lo de gas natural comprimdo y licuado de petróleo, así como los que trasladen gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios.
Finalmente, también estará exceptuados los camiones que transporten medicinas y los de disposición final de residuos sólidos urbanos, medicinas y los que deban circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.