El FPV propone modificar el reglamento interno del Concejo Deliberante de Trelew

El edil Simón Cimadevilla presentó un proyecto para incorporar un nuevo artículo y modificar dos ya existentes. Es tras el polémico tratamiento que tuvieron tres pedidos de informes elevados por el bloque opositor. El detalle de la iniciativa.

08 ABR 2016 - 22:00 | Actualizado

La polémica por el trámite de tres pedidos de informes presentados en la sesión del Concejo Deliberante de Trelew del 17 de marzo sigue dando tela para cortar. Ahora un concejal de la oposición presentó un proyecto de ordenanza con el fin de modificar el reglamento interno del cuerpo.

Los requerimientos estaban relacionados con la Cooperativa Eléctrica de Trelew y fueron pasados a comisión en medio de una discusión entre concejales de distintos bloques sobre el tratamiento que debía darse a esos proyectos.

Argumentos

Por un lado, los concejales del Frente para la Victoria que presentaron los pedidos de informe sostenían que la Carta Orgánica habilita la solicitud de pedidos de informes con el voto afirmativo de 1/5 de los integrantes del cuerpo. Pero el oficialismo planteaba que de acuerdo a la reforma realizada en 2014 del reglamento interno del Concejo, “ningún acuerdo podrá ser tratado sin despacho de comisión, sea que se formule moción de preferencia o sobre tablas, salvo que se apruebe una resolución adoptada por las dos terceras partes de los votos emitidos afirmativos de los concejales presentes”.

Autor

El presidente del bloque del FPV, Simón Cimadevilla, presentó en la última sesión un proyecto de ordenanza para modificar nuevamente el reglamento interno. El texto consta de tres artículos centrales, de los cuales dos plantean la modificación de artículos ya existentes mientras que el último es la incorporación de un nuevo artículo.

La propuesta modifica el artículo 39 inciso 14 del Reglamento Interno, definiendo que “son atribuciones y deberes del Presidente: 14) Firmar las Resoluciones del Concejo y los pedidos de informe solicitados por los señores Concejales en los términos del Artículo 19° Inc. 17) de la Carta Orgánica”

Detalles

Otro punto modifica el artículo 80 y de ser aprobado establecería que “los proyectos presentados tras ser leídos pasarán sin más trámite a la Comisión correspondiente, salvo Resolución expresa del Concejo. En el caso de Pedidos de Informe en el marco del Artículo 19° inc. 17) de la Carta Orgánica, los mismos se procederán a leer y ser votados en la sesión en que hayan sido presentados. En el caso de obtener el voto requerido por la Carta Orgánica se derivarán a Presidencia para su posterior comunicación al Departamento Ejecutivo Municipal dentro de las 24 horas hábiles siguientes. De no obtener los votos necesarios, el pedido de informe pasará a archivo, no implicando esto limitación alguna para su reiteración en el mismo periodo legislativo.”

La iniciativa de Cimadevilla también incorpora al reglamento orgánico del artículo 80° bis y establece que “el pedido de interpelación a los Señores Secretarios conforme la facultad prevista al Concejo Deliberante en el Artículo 19° inc. 17) de la Carta Orgánica Municipal, se tramitará mediante la forma prescripta en el artículo anterior para los pedidos de informes”.

Cambios

El pedido “deberá respetar una antelación para la comparecencia de los Secretarios no menor a 48 horas; contando en dicho plazo con los temas específicos a los que será sometido por el Concejo”.

De acuerdo al texto propuesto por Cimadevilla, “una vez presentado el Secretario a la interpelación, a través de la Presidencia se le dará la palabra a fin de que efectúe la exposición que considere suficiente sobre los temas requeridos, pudiendo ser interrumpido por los concejales a fin de aclarar cuestiones vinculadas a la misma”.

“Finalizada la exposición los concejales podrán efectuar preguntas al Secretario interpelado debiendo permanecer el mismo hasta tanto se dé por finalizada la sesión, u obtenga el permiso de retirarse”, finaliza el proyecto de ordenanza que presentó Cimadevilla.

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08 ABR 2016 - 22:00

La polémica por el trámite de tres pedidos de informes presentados en la sesión del Concejo Deliberante de Trelew del 17 de marzo sigue dando tela para cortar. Ahora un concejal de la oposición presentó un proyecto de ordenanza con el fin de modificar el reglamento interno del cuerpo.

Los requerimientos estaban relacionados con la Cooperativa Eléctrica de Trelew y fueron pasados a comisión en medio de una discusión entre concejales de distintos bloques sobre el tratamiento que debía darse a esos proyectos.

Argumentos

Por un lado, los concejales del Frente para la Victoria que presentaron los pedidos de informe sostenían que la Carta Orgánica habilita la solicitud de pedidos de informes con el voto afirmativo de 1/5 de los integrantes del cuerpo. Pero el oficialismo planteaba que de acuerdo a la reforma realizada en 2014 del reglamento interno del Concejo, “ningún acuerdo podrá ser tratado sin despacho de comisión, sea que se formule moción de preferencia o sobre tablas, salvo que se apruebe una resolución adoptada por las dos terceras partes de los votos emitidos afirmativos de los concejales presentes”.

Autor

El presidente del bloque del FPV, Simón Cimadevilla, presentó en la última sesión un proyecto de ordenanza para modificar nuevamente el reglamento interno. El texto consta de tres artículos centrales, de los cuales dos plantean la modificación de artículos ya existentes mientras que el último es la incorporación de un nuevo artículo.

La propuesta modifica el artículo 39 inciso 14 del Reglamento Interno, definiendo que “son atribuciones y deberes del Presidente: 14) Firmar las Resoluciones del Concejo y los pedidos de informe solicitados por los señores Concejales en los términos del Artículo 19° Inc. 17) de la Carta Orgánica”

Detalles

Otro punto modifica el artículo 80 y de ser aprobado establecería que “los proyectos presentados tras ser leídos pasarán sin más trámite a la Comisión correspondiente, salvo Resolución expresa del Concejo. En el caso de Pedidos de Informe en el marco del Artículo 19° inc. 17) de la Carta Orgánica, los mismos se procederán a leer y ser votados en la sesión en que hayan sido presentados. En el caso de obtener el voto requerido por la Carta Orgánica se derivarán a Presidencia para su posterior comunicación al Departamento Ejecutivo Municipal dentro de las 24 horas hábiles siguientes. De no obtener los votos necesarios, el pedido de informe pasará a archivo, no implicando esto limitación alguna para su reiteración en el mismo periodo legislativo.”

La iniciativa de Cimadevilla también incorpora al reglamento orgánico del artículo 80° bis y establece que “el pedido de interpelación a los Señores Secretarios conforme la facultad prevista al Concejo Deliberante en el Artículo 19° inc. 17) de la Carta Orgánica Municipal, se tramitará mediante la forma prescripta en el artículo anterior para los pedidos de informes”.

Cambios

El pedido “deberá respetar una antelación para la comparecencia de los Secretarios no menor a 48 horas; contando en dicho plazo con los temas específicos a los que será sometido por el Concejo”.

De acuerdo al texto propuesto por Cimadevilla, “una vez presentado el Secretario a la interpelación, a través de la Presidencia se le dará la palabra a fin de que efectúe la exposición que considere suficiente sobre los temas requeridos, pudiendo ser interrumpido por los concejales a fin de aclarar cuestiones vinculadas a la misma”.

“Finalizada la exposición los concejales podrán efectuar preguntas al Secretario interpelado debiendo permanecer el mismo hasta tanto se dé por finalizada la sesión, u obtenga el permiso de retirarse”, finaliza el proyecto de ordenanza que presentó Cimadevilla.


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