Aluar: la Corte ordenó investigar un presunto informe ambiental falso

Se trata de un documento que favorecía a la planta de Madryn. Deberá hacerse cargo la justicia local.

30 AGO 2014 - 22:54 | Actualizado

La Corte Suprema de Justicia ordenó que sea la justicia penal de Puerto Madryn la que investigue si es falso un informe acerca de la presunta contaminación de Aluar en esa ciudad. De esta manera, el máximo tribunal del país respondió a una queja de Carlos Moreno, ingeniero e impulsor de una causa por daños ambientales contra esa fábrica de aluminio, en el marco de la ampliación de su planta.

Moreno denunció la “veracidad y el rigor metodológico” de un informe que había elaborado la Dirección de Residuos Peligrosos, que depende de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación. Este “paper” decía que el proceso industrial de la planta no generaba contaminación. Para el denunciante, el informe estaba intencionalmente mal hecho.

El informe bajo la lupa –según explicó el procuración fiscal Eduardo Casal- se elaboró en el marco de un expediente que investiga la actuación de funcionarios públicos municipales y provinciales, quienes habrían avalado los resultados de estudios de impacto ambiental. A su vez, estos estudios “habrían sido elaborados de manera fraudulenta para permitir la ampliación de la planta de aluminio de la firma Aluar SA en Puerto Madryn”.

Antecedentes

Según fuentes consultadas por este diario, fue el juez de Madryn Gustavo Castro quien en su momento entendió que la queja de Moreno por la veracidad del informe debía ser investigada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 5, que conduce un tal Néstor Oyarbide. El magistrado madrynense declinó su competencia “en el entendimiento de que el informe cuestionado había sido confeccionado en esa ciudad (por Capital Federal) donde los funcionarios firmantes cumplen sus funciones y que el expediente tramitó en organismos nacionales”.

Argumentos

Sin embargo, el Juzgado Federal de Oyarbide rechazó esta atribución: consideró que “para corroborar la legitimidad o no del informe técnico cuestionado por el denunciante, resultaba menester evaluarlo a la luz del impacto ambiental producido por la ampliación de la planta, extremos que se investigarían en la causa Nº 10026 y su acumulado Nº 22.867, que tramita ante la justicia local”. Lo que se vaya a comprobar de estos expedientes “incidirían directamente en lo relativo al informe e imponen su tramitación conjunta para evitar decisiones contradictorias”. Ante la negativa de ambos tribunales, el conflicto se elevó a la Corte. Casal, procurador fiscal ante ese tribunal, explicó que “los escasos elementos incorporados al incidente no resultan suficientes para individualizar con razonable certidumbre la conducta delictiva en que habrían incurrido los denunciados y su posible calificación legal”.

Jurisdicción

En este sentido, interpretó que como Moreno cuestiona un informe que se elaboró ante un pedido de la justicia provincial, “a esa jurisdicción le cabe, al menos en una primera instancia y a fin de determinar la significación penal del hecho, establecer si el informe remitido por el organismo nacional se ajusta a su requerimiento y proveer los elementos que permitirían evaluarlo a la luz de la hipótesis delictiva que guía su investigación y de la restante prueba reunida en el expediente”.

“Por ello –concluyó en su dictamen para la Corte- opino que la justicia local debe proseguir la investigación, sin perjuicio de cuanto resulte con posterioridad”.

En una decisión fechada el 20 de agosto de 2014, los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni ordenaron enviar el caso al Juzgado Penal de Puerto Madryn.

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30 AGO 2014 - 22:54

La Corte Suprema de Justicia ordenó que sea la justicia penal de Puerto Madryn la que investigue si es falso un informe acerca de la presunta contaminación de Aluar en esa ciudad. De esta manera, el máximo tribunal del país respondió a una queja de Carlos Moreno, ingeniero e impulsor de una causa por daños ambientales contra esa fábrica de aluminio, en el marco de la ampliación de su planta.

Moreno denunció la “veracidad y el rigor metodológico” de un informe que había elaborado la Dirección de Residuos Peligrosos, que depende de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación. Este “paper” decía que el proceso industrial de la planta no generaba contaminación. Para el denunciante, el informe estaba intencionalmente mal hecho.

El informe bajo la lupa –según explicó el procuración fiscal Eduardo Casal- se elaboró en el marco de un expediente que investiga la actuación de funcionarios públicos municipales y provinciales, quienes habrían avalado los resultados de estudios de impacto ambiental. A su vez, estos estudios “habrían sido elaborados de manera fraudulenta para permitir la ampliación de la planta de aluminio de la firma Aluar SA en Puerto Madryn”.

Antecedentes

Según fuentes consultadas por este diario, fue el juez de Madryn Gustavo Castro quien en su momento entendió que la queja de Moreno por la veracidad del informe debía ser investigada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 5, que conduce un tal Néstor Oyarbide. El magistrado madrynense declinó su competencia “en el entendimiento de que el informe cuestionado había sido confeccionado en esa ciudad (por Capital Federal) donde los funcionarios firmantes cumplen sus funciones y que el expediente tramitó en organismos nacionales”.

Argumentos

Sin embargo, el Juzgado Federal de Oyarbide rechazó esta atribución: consideró que “para corroborar la legitimidad o no del informe técnico cuestionado por el denunciante, resultaba menester evaluarlo a la luz del impacto ambiental producido por la ampliación de la planta, extremos que se investigarían en la causa Nº 10026 y su acumulado Nº 22.867, que tramita ante la justicia local”. Lo que se vaya a comprobar de estos expedientes “incidirían directamente en lo relativo al informe e imponen su tramitación conjunta para evitar decisiones contradictorias”. Ante la negativa de ambos tribunales, el conflicto se elevó a la Corte. Casal, procurador fiscal ante ese tribunal, explicó que “los escasos elementos incorporados al incidente no resultan suficientes para individualizar con razonable certidumbre la conducta delictiva en que habrían incurrido los denunciados y su posible calificación legal”.

Jurisdicción

En este sentido, interpretó que como Moreno cuestiona un informe que se elaboró ante un pedido de la justicia provincial, “a esa jurisdicción le cabe, al menos en una primera instancia y a fin de determinar la significación penal del hecho, establecer si el informe remitido por el organismo nacional se ajusta a su requerimiento y proveer los elementos que permitirían evaluarlo a la luz de la hipótesis delictiva que guía su investigación y de la restante prueba reunida en el expediente”.

“Por ello –concluyó en su dictamen para la Corte- opino que la justicia local debe proseguir la investigación, sin perjuicio de cuanto resulte con posterioridad”.

En una decisión fechada el 20 de agosto de 2014, los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni ordenaron enviar el caso al Juzgado Penal de Puerto Madryn.


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